Qué significan las nuevas señales de la DGT: toma nota y evita multas
Los conductores deben empezar a familiarizarse con estas señales verticales que entran en vigor en apenas mes y medio
R. Franco
¡Atención conductores y conductoras! Se avecinan cambios dentro de poco. En apenas mes y medio, los usuarios de vehículos se verán obligados a familiarizarse con una nueva imagen de uno de los elementos urbanos más comunes en nuestras vías y carreteras: las señales de tráfico. La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha desvelado la mayoría de los diseños para las señales de tráfico verticales que entrarán en vigor en el 2023, una vez se apruebe el Real Decreto elaborad por los ministerios de Transportes e Interior y la propia DGT.
Aunque el Real Decreto entrará en vigor a partir del 2 de enero del año entrante, las nuevas señales deberán esperar todavía unos meses para aparecer en las carreteras, una vez se superen todos los trámites pertinentes. Según las primeras estimaciones, no será hasta mediados del 2023 cuando los nuevos modelos de señalizaciones verticales comiencen a hacerse visibles en las vías urbanas e interurbanas de toda España.
Los nuevos diseños de las señales incluyen modificaciones de algunas ya existentes, como la que advierte de la proximidad de un paso de peatones frecuentado por ancianos debido a que, por ejemplo, cerca hay una residencia. En este caso se han integrado elementos inclusivos al representar en la señal a personas mayores de ambos sexos.
Nuevas señales
- P‐35. Advierte del Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones.
- P‐24. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes
- P‐33. Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc.:
- P‐8. Significa peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras.
- P‐21b. Advierte del peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por ancianos, como un centro dedicado a la tercera edad, una residencia, etc.:
- P‐22a. Informa del peligro por la proximidad de uno o varios pasos para ciclistas.
- R‐118. Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.
- R‐120. Advierte de la prohibición de acceso a vehículos en función de su distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. Las condiciones se especificarán en un panel complementario S‐860 o en un cartel en el que se incluya la señal.
- S‐1b. Informa del principio de una carretera multicarril y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Esta señal puede indicar el ramal de un nudo que conduce a una carretera multicarril.
- S‐1c. Advierte del principio de una carretera 2+1 que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos. El carril central se destina a facilitar la maniobra de adelantamiento, estando reservado de manera alterna a uno y otro sentido de circulación. Esta señal puede indicar también el ramal de un nudo que conduce a una carretera 2+1.
- R‐422. Obligación para los usuarios de ciclos de continuar a pie. Si dicha obligación se limita a ciertos periodos, se indicará mediante un panel complementario.
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