Polémico cambio legal

Los juristas discrepan sobre reformar la ley 'sí es sí': 5 claves para entender la nueva polémica

No hay acuerdo en el ámbito judicial sobre si conviene modificar la norma y que los delitos vuelvan a pilotar sobre la violencia

Los juristas discrepan sobre reformar la ley 'sí es sí': 5 claves para entender la nueva polémica.

Los juristas discrepan sobre reformar la ley 'sí es sí': 5 claves para entender la nueva polémica.

Patricia Martín

A pocos meses de las municipales, el descrédito que han provocado las más de 300 rebajas de penas y excarcelaciones de violadores ha hecho mella en el Gobierno y hasta el Ministerio de Igualdad, muy reacio a cambiar la 'ley del sí es sí', acepta ahora retocar la norma para evitar la "preocupación social" y "dar menos margen interpretativo" a los tribunales.

Pero el ámbito judicial, con diferentes matices, recela del posible cambio si este supone una vuelta al modelo anterior donde la instrucción y el castigo pilotaba básicamente en si existió violencia o intimidación, al distinguir entre abuso –sin ambas circunstancias- y agresión sexual, lo que implicaba que muchas mujeres tuviesen que probar que se resistieron para que sus agresores fueran condenados y recibieran penas más altas.

La posible reforma genera, por tanto, muchas dudas, a las que cuatro juristas consultados por EL PERIÓDICO, del grupo Prensa Ibérica, intentan dar respuesta.

¿Servirá para frenar las rebajas de pena?

Rotundamente no, porque ninguna reforma que perjudique a un reo se puede aplicar de manera retroactiva: solo se pueden aplicar los cambios que sean más beneficiosos, según la Constitución. Por tanto, la modificación solo servirá para los delitos que se cometan a futuro, cuando el retoque legal entre en vigor, algo que no será inmediato porque ni siquiera hay un texto que aúne las intenciones del PSOE y de Unidas Podemos

¿Es necesario reformar la ley para evitar beneficios a futuro?

No hay acuerdo entre los juristas consultados. Dos de ellos lo ven innecesario porque “aún es pronto para saber si la ley tiene algún efecto perverso”, según interpreta la catedrática de Derecho Penal Patricia Faraldo. Y las penas que contiene, “si se aplican bien, no son inferiores” a las que tenía el Código Penal anterior, según la fiscal Susana Gisbert. A su juicio, el problema es que ahora se están revisando las condenas automáticamente, sin volver a estudiar los hechos en los que se produjo el delito. Al unificar abuso y violación, se ha establecido una horquilla más amplia de penas, por lo que algunos jueces, en aplicación de la ley más beneficiosa para el reo, rebajan la condena. Sin embargo, la nueva norma incluye un conjunto de nuevos delitos y agravantes que se están aplicando a los acusados después de la entrada en vigor de la ley 'sí es sí', el pasado octubre, que son más exhaustivos y que permiten penas similares o superiores a las anteriores, según ambas especialistas.

Frente a este análisis, el profesor de Derecho Procesal en Cunef Universidad, Jesús Zarzalejos, considera “necesario” revisar las penas mínimas, aunque advierte que será “complicado” sin volver a distinguir entre abuso y violación. A su vez, la abogada especializada en derecho de familia Altamira Gonzalo ve “imprescindible” modificar la ley y “reponer al menos las mismas penas”, aunque admite también que existe una “dificultad” al haber unificado ambos delitos; una decisión que comparte “porque se abusa de los objetos, no de las personas y es más correcto hablar de agresiones más o menos graves”. “Hacer una penalización ajustada a cada conducta requiere aplicar una buena técnica legislativa, nada más”, concluye.

¿Se puede volver a diferenciar entre agresiones con violencia y sin violencia sin que afecte al consentimiento?

Igualdad rechaza la propuesta que Justicia ha llevado a las negociaciones porque supone “volver al modelo anterior, que exigía un calvario probatorio a las mujeres”, al introducir una nueva distinción entre agresiones con o sin violencia (o intimidación). La versión del ala socialista es diferente, dado que aseguran que solo se harán “ajustes técnicos” sin tocar “ni una coma sobre el consentimiento”, que es otro de los ejes de la norma, dado que se considera agresión cualquier acto sexual no consentido.

Sin embargo, Gisbert comparte que se corre el peligro de “volver al modelo anterior” donde se daba “mucha importancia al arbitrio judicial” y era difícil valorar si había existido intimidación. La fiscal recuerda la primera sentencia de 'La manada', embrión de la ley ‘sí es sí’, que condenó a los cinco agresores por abuso, al considerar no probado que intimidaran a la víctima. A su vez. Faraldo recuerda que existe “la dificultad de distinguir si existe superioridad” en la comisión del delito, por lo que en su opinión es mejor que todo acto sin consentimiento sea agresión “porque se juzga la libertad sexual, no las posibles lesiones”, las cuales pueden apreciarse a través de las agravantes. También Altamira avisa de que “cuando no hay consentimiento, siempre hay violencia, aunque no sea física”.

En el otro lado, Zarzalejos comparte que se vuelva a diferenciar entre delitos con o sin violencia “siempre que se tenga como finalidad mejorar la descripción de los delitos, pero no para pretender reducir el derecho de defensa ni la independencia de los jueces”.

¿Afectaría el cambio a las víctimas que no se resisten?

Sí, según Faraldo, porque con el modelo anterior “muchos jueces no apreciaban que menores discapacitadas ejercieran la violencia suficiente para vencer la resistencia del adulto” y se corre el riesgo de que con un nuevo cambio vuelva a aparecer este problema.

¿Hay consenso en dejar los delitos tal cual, pero subiendo las penas mínimas?

Igualdad se aviene a subir las penas mínimas y según Gisbert quizá es la “reforma más atinada pero el verdadero problema no es la aplicación de la ley a futuro, sino las revisiones sobre delitos pasados, y esto no hay reforma legal que lo solucione”. Faraldo discrepa de que se suban las mínimas porque los delitos sexuales en España “ya está muy penados” y se corre el riesgo de que queden sin castigo hechos de menor gravedad como un tocamiento no consentido casual, como sucedía antes de la ley ‘sí es sí’.

Por su parte, Zarzalejos avisa de que “la subida de las penas mínimas podría entrar en conflicto con el principio de proporcionalidad” aunque como se trata de delitos “tan odiosos y dañinos, la severidad penal está más que justificada”.

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