La nueva baja laboral que se puede solicitar desde este mes

Las pacientes deberán contar con un diagnóstico médico

Las mujeres con menstruación dolorosa podrán solicitar baja laboral desde hoy

Europa Press

V.M.

Una baja laboral, también conocida como licencia médica o incapacidad temporal, es un período durante el cual un trabajador se ausenta de su empleo debido a una enfermedad, lesión o condición médica que le impide desempeñar sus funciones laborales habituales.

Cuando un empleado se encuentra enfermo o incapacitado para trabajar, puede solicitar una baja laboral para recibir el tiempo necesario para recuperarse y recibir tratamiento médico adecuado. La duración de la baja laboral puede variar dependiendo de la legislación laboral y las políticas de la empresa, así como de la gravedad de la enfermedad o lesión.

Una nueva baja laboral

Desde este mes de junio, las mujeres que padezcan una menstruación incapacitante pueden solicitar la baja desde este mismo jueves, fecha en la que entra en vigor los nuevos permisos temporales incluidos en la reforma de la ley del aborto aprobada el pasado febrero.

Para hacerlo, los pacientes deberán contar con un diagnóstico médico de dismenorrea secundaria, es decir, una menstruación dolorosa asociada a patologías como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamación pélvica, ólipos endometriales, ovarios poliquísticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.

A la baja por menstruación incapacitante se suma el permiso por interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo, y el concedido a partir de la semana 39 de gestación, que no se descontará de las 16 semanas de baja que corresponden por el nacimiento de un hijo.

En los tres tipos de permiso el subsidio se percibirá desde el primer día de la baja, a diferencia de otros tipos de incapacidades temporales, donde la retribución empieza a partir del cuarto día.

Lo que no cambia son el porcentaje del sueldo percibido, que seguirá siendo inferior al 100%, y los requisitos de cotización para poder acceder a estas incapacidades, dado que es necesario haber trabajado 180 días en los 5 años previos a la baja.