Seguridad Social

Buenas noticias para los mutualistas: esta es la fecha confirmada por Hacienda para ingresar los pagos

Hasta 1978, las pensiones españolas pasaron de mutualidades laborales tributarias al sistema de Seguridad Social actual.

Devoluciones de hasta 4.000 euros a los mutualistas: Hacienda afirma cuando lo recibirán

Devoluciones de hasta 4.000 euros a los mutualistas: Hacienda afirma cuando lo recibirán / Archivo

Manuel Riu

El Ministerio de Hacienda ha extendido a los jubilados de otros sectores las deducciones fiscales en el IRPF a las que, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, tienen derecho los profesionales del sector bancario por las cotizaciones aportadas en las mutualidades laborales, antes de la creación del sistema actual de Seguridad Social en 1978.

Hasta 1967, los trabajadores españoles garantizaban su pensión mediante las aportaciones a las mutualidades laborales, corporaciones de derecho público tuteladas por el Ministerio de Trabajo. Dichas cuotas tributaban en el Impuesto de la Renta al 100%. Entre 1967 y 1978 funcionaron como entidades gestoras de la Seguridad Social, y ahí las aportaciones sí se consideraron gastos deducibles. En ese lapso, las mutualidades convivieron con el incipiente sistema de Seguridad Social, que se convertiría en definitivo en 1978, cuando se inició el modelo de cotizaciones que existe hoy.

Hasta 4.000 euros

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo señala que los jubilados de la banca que hicieron las mencionadas aportaciones a las mutualidades entre 1967 y 1978 solo deben tributar en el IRPF por el 75% de la pensión, y no el 100%, para evitar así una doble imposición. Por lo tanto, quienes realizaran la declaración por el total tienen derecho a que, en los cuatro últimos ejercicios fiscales –de 2018 a 2021, ambos inclusive–, la Agencia Tributaria les devuelva el 25% por el que no debieron tributar. Una devolución que oscila entre los 3.000 y 4.000 euros por reclamante y que los beneficiarios recibirán antes del 31 de diciembre.

¿Cómo solicitar la devolución?

Para solicitar esta devolución, los contribuyentes solo deben acceder al portal oficial de la Agencia Tributaria en Internet, identificándose previamente con la Clave Pin, el certificado digital o el DNI electrónico o el número que figura en la casilla 505 de la Renta del año anterior. Sin embargo, el proceso burocrático no es sencillo. "La mayor parte de la gente que está reclamando es muy mayor y tiene dificultades para manejarse en internet, y para obtener la vida laboral la Administración dispone de un teléfono que no es muy eficaz", indica Manuel Francisco Menéndez, secretario general de la Unión de Jubilados y Pensionistas de UGT de Asturias.

El mayor problema, indica Menéndez, es obtener los certificados de las cotizaciones a las mutualidades. "Hemos tenido una reunión con la Tesorería de la Seguridad Social para que nos ayude a conseguirlos. Pero es complicado, porque muchas de las empresas desaparecieron hace muchos años, y además hay personas que trabajaron en diferentes sectores, cada uno con su propia mutualidad", explica el dirigente sindical.

Para dudas y asistencia en la cumplimentación del formulario de solicitud puedes:

  • Llamar al teléfono 91 889 81 46 o 901 200 346. Horario: de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
  • O puedes solicitar cita para el servicio (en oficinas) de “Mutualistas: Formulario de solicitud de devolución”, a través de la Sede electrónica o llamando al teléfono 91 290 13 40 o 901 200 351, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
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