Tribunales
El TSJC permite que un padre pueda impedir la eutanasia del hijo aunque no tengan relación
El alto tribunal catalán tumba el aval judicial a la muerte asistida de un hombre de 54 años cuyo progenitor se oponía a su muerte y devuelve el caso al juzgado para que se resuelva en un juicio
Se trata del segundo caso sobre eutanasia judicializado en Cataluña

Fachada del Palau de Justícia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) / EP
Germán González
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) permite que un padre se persone en un procedimiento judicial para paralizar la eutanasia de su hijo, de 54 años y víctima de cuatro ictus y dos infartos que, desde 2020, le han provocado una importante afectación en la movilidad y en el habla. El tribunal, que ha estimado los recursos de la Fiscalía y el padre, revoca la decisión judicial de permitir la muerte asistida de Francesc A. B. e insta a seguir con la tramitación en el juzgado contencioso administrativo.
A diferencia de lo que consideraba este juzgado, el TSJC cree que el padre está legitimado para personarse en la causa y tratar de parar la eutanasia, aunque la decisión final la tendrá el juzgado. En su fallo, el TSJC remarca que "los padres pueden tener un interés legítimo, aunque no sean titulares de ese derecho a la vida ajena". "Se trata de un interés propio que puede entrar en colisión con las preferencias, en este caso del hijo", apuntan, al tiempo que añaden que "incluso en situaciones de desacuerdo o conflictos familiares prolongados podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial" que justifica esa personación por "el cariño, el deseo de que su hijo se encuentre en las mejores condiciones posibles y de que su bienestar esté garantizado".
Reclamar la paralización
"No se puede en ningún caso descartar de forma genérica e indiscriminada la legitimación judicial de los padres como ejercientes de un interés legítimo –propioEl Juzgado de lo Contencioso Administrativo 12 de Barcelona ha autorizado la eutanasia de Noelia, la joven de 24 años con paraplejia, tras rechazar el recurso presentado por su padre el pasado julio, cuando ya estaba programada la muerte asistida de la paciente. Hace unas semanas se celebró la vista oral en este procedimiento en el que la paciente reiteró su voluntad de morir dignamente. Si no hay recurso a la sentencia dictada este lunes, la muerte asistida se podría aplicar en los próximos días. y no abstracto– en que sus hijos sigan con vida", aunque la relación entre ellos no sea buena, destaca el TSJC en una resolución que ha adelantado la Ser.
Tras concederle la eutanasia en julio pasado, el padre la recurrió ante el juzgado. Después de dos meses paralizada, el 7 de noviembre el juzgado concedió la muerte asistida al considerar que la relación entre padre e hijo no era motivo suficiente para impugnarla.
Segundo caso
Ahora, el TSJC ha estimado los recursos del padre y de la Fiscalía y ha decidido revocar esa decisión. El hombre podrá reclamar en el juzgado la paralización de la eutanasia de su hijo. El Ministerio Público instó a estudiar a fondo si el paciente cumplía los requisitos para la muerte asistida.
El pasado mes de marzo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 12 de Barcelona autorizó la eutanasia de Noelia, una joven de 24 años con paraplejia, tras rechazar el recurso presentado por su padre el pasado julio, cuando ya estaba programada la muerte asistida de la paciente. Hace unas semanas se celebró la vista oral en este procedimiento en el que la paciente reiteró su voluntad de morir dignamente.
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