El DNI permanente en mayores de 70 años: un documento válido en España que puede causar problemas en el extranjero
Un documento pensado para facilitar la vida a los mayores puede convertirse en un obstáculo fuera de nuestras fronteras

Mediterráneo

La experiencia de una familia de Castelló tras un viaje a Países Bajos ha vuelto a poner en evidencia los problemas que puede generar el Documento Nacional de Identidad (DNI) permanente que se emite en España a partir de los 70 años. Aunque este documento tiene plena validez legal dentro del país, su formato y la fecha de caducidad que aparece impresa —el 01/01/9999— pueden generar dudas e incluso impedir embarcar en un avión o cruzar una frontera.
Una odisea con Ryanair por un DNI que no caduca
El expresidente del Club Atletismo Playas de Castellón, Luis Carbó, de 89 años, fue el protagonista de una situación insólita hace unos días en el aeropuerto de Eindhoven. La aerolínea Ryanair no le permitió embarcar en un vuelo de regreso a España porque la trabajadora de tierra no reconocía como válido su documento de identidad, al tratarse de un DNI permanente. Este tipo de documento, emitido con validez indefinida, no requiere renovación y figura con fecha de expiración en el año 9999.
La familia, compuesta por los dos abuelos, la hija y una nieta, vio cómo se les impedía subir al avión. La única solución ofrecida por la compañía fue que volvieran sin él. “Nos dijeron que volviéramos nosotros y que se quedara él, que tiene 89 años”, relata su hija, Olga Carbó. Ante la negativa de la empresa a revisar el caso, la familia tuvo que buscar asistencia en el Consulado de España en Ámsterdam, pasar una noche más en el país y comprar nuevos billetes con otra aerolínea, lo que supuso un gasto extra de 1.560 euros.
Qué es el DNI permanente y cuántas personas lo tienen
En España, las personas mayores de 70 años reciben un DNI con validez permanente, como medida para evitar desplazamientos innecesarios para su renovación. Aunque en los modelos antiguos figuraba la leyenda "validez permanente", los nuevos documentos incluyen una fecha simbólica de caducidad fijada en el 01/01/9999.
Este detalle ha generado confusión en algunos países europeos, donde no existe la figura del documento sin caducidad. Ya se han detectado varios casos en los que este tipo de DNI ha sido cuestionado por autoridades extranjeras o incluso por sistemas informáticos españoles, como el de la Agencia Tributaria, que no reconocía la fecha de expiración y bloqueaba trámites digitales.
En total, más de seis millones y medio de españoles están en la franja de edad que puede tener este tipo de documento.
Qué recomiendan las autoridades y cómo prevenir problemas
Ante este tipo de incidencias, tanto desde el Ministerio del Interior como desde los Consulados españoles se recomienda a las personas mayores que:
- Viajen con pasaporte cuando salgan al extranjero, aunque el destino forme parte del espacio Schengen.
- Consulten previamente con la aerolínea o la embajada del país de destino si hay dudas sobre la documentación aceptada.
- Conserven copias digitales del DNI y del pasaporte.
- Presenten una queja formal si se les impide el embarque sin justificación legal.
Un problema poco conocido, pero con consecuencias
La historia de Luis Carbó es un ejemplo claro de cómo un documento perfectamente legal puede convertirse en una barrera inesperada si no se interpreta correctamente. La familia ya ha iniciado los trámites para presentar una reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aunque reconocen que será difícil recuperar el dinero perdido.
“Lo que queremos es que esto no le pase a nadie más”, resume Olga Carbó. Mientras tanto, el afectado, con casi noventa años, ha decidido no volver a volar con Ryanair.
La versión de Ryanair
Ryanair se ha puesto en contacto con este periódico para dar una explicación y ha asegurado que el pasajero "fue correctamente denegado para embarcar en este vuelo de Eindhoven a Reus (16 de abril) por las autoridades de inmigración, ya que no presentó una forma válida de identificación". Según explica la aerolínea, "cada pasajero debe asegurarse de que su pasaporte o DNI sea válido para viajar de acuerdo con los requisitos necesarios en el momento del viaje". Desde la compañía se añade que los pasajeros que viajan de los Países Bajos a España deben presentar documentación válida (pasaporte o tarjeta de identificación nacional del EEE) y que, según su versión, Luis Carbó intentó viajar con un permiso de residencia, un documento que, aunque es válido para vuelos internos en España, no lo es para viajes entre Estados Schengen.
Conclusión
El caso de Luis Carbó demuestra que, aunque el DNI permanente es plenamente válido en España y permite viajar por el espacio Schengen, su particular formato y la fecha de caducidad fijada en el año 9999 pueden provocar confusiones en controles fronterizos, sistemas informáticos y compañías aéreas.
Esta falta de familiaridad, especialmente fuera de España, puede desembocar en situaciones injustas y estresantes, como la vivida por Carbó en Eindhoven, o generar costes imprevistos para los viajeros. “Te pones nervioso por la impotencia que vives sin motivo. Mi documento es oficial”, lamenta el afectado, quien asegura que nunca había tenido problemas en sus numerosos viajes anteriores como presidente del Playas de Castellón.
Por ello, aunque el DNI permanente sea en teoría suficiente, las autoridades y expertos recomiendan portar también el pasaporte cuando se viaja al extranjero. De este modo se evitan malentendidos que, como en este caso, pueden arruinar la experiencia de viaje.