Esta es la cláusula a incluir en el testamento para que los herederos puedan pagar los impuestos con el dinero que hay en la cuenta
Recibir una herencia puede ser un alivio, pero también un quebradero de cabeza

Ojo con las complicaciones de las herencias. / Pexels
Pedro Sanjuán
Ser beneficiario de una herencia normalmente es una suerte, pero también hay herencias envenenadas que muchas veces llevan, incluso, a renunciar a ellas.
Y es que los gastos asociados a las mismas pueden ser numerosos y habrá que estar atentos, entre otras cosas, a partidas como los impuestos sobre la herencia o sucesión -que variarán dependiendo del valor de los bienes heredados, del grado de parentesco con el fallecido y el lugar de residencia de este, etc-, gastos notariales, honorarios de abogados, gastos de administración de los bienes heredados, gastos de tasación de la herencia, costos de tramitación judicial -en caso de disputas-, gastos de liquidación de posibles deudas del fallecido, costos relacionados con la venta de bienes...
Gastos
La mayoría de los gastos que conlleva la recepción de un legado deben ser abonados por los herederos antes de disponer de la herencia en cuestión y, en ocasiones, no se dispone de dinero para hacerles frente.
Si la herencia incluye dinero en cuentas bancarias es posible que esa cantidad se pueda emplear para cubrir esos costes, aunque para ello, el fallecido deberá haber dejado las cosas atadas y bien atadas con anterioridad a través, por ejemplo, de una cláusula en su testamento, una forma sencilla de evitar problemas a los herederos y una posibilidad que recomienda el economista y fiscalista Rubén de Gracia en una publicación en su cuenta de Tiktok.
De lo que hablamos es de la cláusula de libre disposición de herencia. Gracias a ella los herederos podrían utilizar los fondos de las cuentas bancarias del fallecido para cubrir los impuestos de sucesión que se han de asumir antes de recibir una herencia.
Otra recomendación de De Gracia a incluir en el testamento es la aceptación a beneficio de inventario, opción que evita a los herederos tener que asumir con su propio patrimonio las posibles deudas pendientes del fallecido.
El experto aún hace una recomendación más para reducir los costes de recibir una herencia y es el nombrar administrador a uno de los herederos, lo cual facilita la gestión del patrimonio a repartir, así como la resolución de todo el proceso sucesorio.
En los seis primeros meses de 2024 fueron 28.224 personas las que rechazaron sus herencias en España, mientras que en 2023 se alcanzó el récord general de renuncias.
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