Dos vecinos convierten una ventana en una puerta para colocar su lavadora en el patio del edificio
La comunidad de vecinos les ha denunciado por invadir las zonas comunes sin autorización

Patio de luces de una vivienda en Milladoiro (A Coruña). / Archivo / Xoan Álvarez
Zoe Campos Corral
Dos vecinos abren una puerta al patio comunitario del edificio y, sin permiso, colocan su lavadora y sus macetas. Seguramente, para estar más amplios. La comunidad los denuncia por no tener autorización.
Aunque parezca un episodio de la serie de comedia ‘La que se avecina’, esto ocurrió en Sevilla y el juzgado dictó sentencia contra ellos.
Una puerta por una ventana
Vamos por partes. En primer lugar, estos dos vecinos realizaron obras para transformar una ventana en una puerta, que diera directamente al patio de luces, perteneciente a dos edificios.
Una vez terminaron la reforma, colocaron diferentes objetos, entre los que se encontraba una lavadora, un tendedero y maceteros. Es decir, convirtieron un espacio común en uno privado, sin haber solicitado ni recibido la aprobación de la junta de vecinos.
Alegaciones de los demandados
Cuando los denunciaron, los demandados alegaron que se les estaba aplicando un trato desigual: según ellos, otra vecina tenía una puerta similar, abierta en el mismo patio, desde años atrás. Además, los dos vecinos se quejaron de que existía un consentimiento tácito con el caso de la otra vecina y, en consecuencia, la comunidad estaba abusando de su derecho por hacer lo mismo. El motivo: malas relaciones personales entre el resto de la comunidad y estos vecinos en particular.
Por su parte, el juzgado de Primera Instancia número 24 de Sevilla ordenó que los demandados revirtieran todo lo que habían hecho. Cerrar la puerta y reconstruir la ventana original. Retirar la lavadora, los maceteros y todos los objetos colocados sin consentimiento, por supuesto. Y, para culminar, pagar la totalidad de las faenas necesarias para restaurar por completo el antiguo estado de la fachada y el patio compartido.
La sentencia reconoció que el patio era un espacio común, perteneciente a los dos edificios, donde ningún particular podía modificar el espacio sin el permiso del resto. Tras la sentencia del juzgado de Sevilla, los dos propietarios presentaron un recurso de apelación, que fue rechazado por la Audiencia Provincial de Sevilla, quien ratificó la sentencia inicial.
En primera instancia, la Audiencia Provincial desmintió que existiera agravio comparativo. Que otra vecina tuviera permiso o derecho para realizar una modificación parecida no otorgaba permiso o derecho al resto de propietarios. Para el juzgado provincial, el “agravio comparativo” no fue una excusa lícita para repetir actos contrarios a la ley.
A continuación, el tribunal provincial utilizó el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal para corroborar que ningún propietario puede modificar los elementos comunes de una propiedad sin la autorización explícita de la junta vecinal. En su caso, los dos vecinos modificaron la fachada exterior, haciendo el agujero más grande, para convertir una ventana en una puerta. Para ello, no pidieron permiso.
Adicionalmente, la corte sevillana apeló al artículo 397 del Código Civil, donde se establece que ningún copropietario puede utilizar una cosa común de manera que se excluya al resto de propietarios o se imposibilite su uso, como ocurrió al colocar sus objetos en el patio. Con una lavadora en medio, poco podían hacer el resto de vecinos en ese espacio.
Por si fuera poco, los dos propietarios también incluyeron en su recurso una justificación basada en la adquisición por prescripción. Según el artículo 537 del Código Civil, si alguien usa algo de forma pacífica, pública y sin oposición durante mínimo 20 años puede acabar obteniendo un derecho sobre ello.
Pero la realidad es que sí había conflictos y la obra era reciente. Por lo tanto, no pudieron demostrar las características necesarias para que ese recurso fuera legítimo. Por todas estas razones, los dos vecinos fueron obligados a cerrar la puerta y volver a poner la ventana, devolver el patio a su estado principal y regenerar todas las zonas comunes tal y como estaban, asumiendo los gastos que esto podía suponer. Aun así, si tienen más energía para litigar, todavía pueden interponer un recurso para que el Tribunal Supremo revise la sentencia.
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