BRECHA DIGITAL
Unos padres ceden la representación legal de su hija con discapacidad a sus hermanos por falta de "competencias digitales"
Los progenitores, de 84 y 83 años, tenían «innumerables dificultades» burocráticas e incomodidades para relacionarse con la Administración, el hospital o el banco, etc

Dos personas mayores descansan en un parque / David Z. / E.P.
Elena Villanueva
Las «innumerables dificultades» burocráticas y la «falta de competencias digitales», sumadas a la avanzada edad de los progenitores, ha motivado que estos se hayan visto obligados a ceder la representación legal de una hija con discapacidad a dos de sus hermanos, que ya colaboraran de «forma impecable» en su cuidado.
Tras la negativa del juzgado de Ponteareas en primera instancia, ahora la Audiencia de Pontevedra les da la razón a los padres asegurando que es «conveniente» que los hermanos «tomen el relevo», ya que su situación «por razones lógicas y de la edad, no va a mejorar».
Los padres venían desarrollando desde 2007 las funciones propias de una guarda de hecho (lo que antes de la entrada en 2021 de la nueva Ley de Dependencia se conocía como la tutoría o patria potestad) de su hija, que padece parálisis cerebral, siendo necesario cuidados para práctica todas las facetas de su vida: aseo, alimentación, medicación, limpiar la casa, atender al teléfono, no maneja dinero, etc.
Argumentos
La jueza de primera instancia rechazó adoptar «medidas judiciales de apoyo» hacia uno de los hermanos tomando como referencia el buen hacer de los padres. «Si bien sigue precisando apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, tanto para regir su persona como sus bienes; no procede adoptar medidas judiciales de apoyo en su lugar, al existir una guarda de hecho que confiere cobertura completa y suficiente a aquella necesidad», argumentaba.
Los padres alegaron en su recurso que esta decisión era totalmente «insuficiente», ya que prorrogar la guarda de hecho, una situación mucho más informal y casi voluntaria en los apoyos les generaba dificultades. ¿Cuáles? Atender a todo trámite médico, con la Administración de Justicia, también la entiedad bancaria... y todo por su avanzada edad, tienen 83 y 84 años respectivamente, acuciando una «falta de competencias digitales» que les obligaba a desplazarse para cualquier trámite relativo a su hija.
Situación de vulnerabilidad
Sostiene que esta situación dejan a la mujer incapaz en «en una situación de extrema vulnerabilidad, al generar a su familia innumerables dificultades burocráticas e incomodidades».
Los magistados de la Audiencia sí estimaron su pretensión no solo otorgando a los dos hermanos la representación legal de su otra hermana sin también adoptando en ellos una curatela representativa completa, siendo esta la medida central de apoyo judicial que contempla la nueva ley. «Hace conveniente que tomen el relevo de sus padres, cuya situación, por razones lógicas, dada su edad, no va a mejorar, sin perjuicio de que estos puedan seguir colaborando de hecho en su asistencia», concluye la sentencia.
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