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El nuevo derecho que ya puedes exigir en cualquier restaurante: Multas de hasta 500.000 euros

Se acabó el desperdicio: los locales están obligados por ley a darte tus sobras en envases aptos y sin coste adicional

El táper ya no será un derecho sino una obligación para poderte llevar las sobras a casa.

El táper ya no será un derecho sino una obligación para poderte llevar las sobras a casa. / v

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España ya cuenta con una ley estatal para combatir el desperdicio alimentario. La Ley 1/2025 de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario introduce nuevas obligaciones para los agentes de la cadena alimentaria, desde la producción y la distribución hasta la hostelería y la restauración. Su objetivo es reducir la comida que acaba en la basura y fomentar un uso más eficiente de los alimentos.

La medida más visible para los consumidores afecta directamente a bares y restaurantes: los establecimientos de hostelería deben facilitar que el cliente pueda llevarse los alimentos que no haya consumido, sin coste adicional, salvo en formatos de bufé libre o similares, donde la disponibilidad de comida no está limitada. Además, deben informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio local, preferentemente en la carta o el menú.

La ley precisa que los envases utilizados deberán ser aptos para uso alimentario, reutilizables o fácilmente reciclables. En el caso de recipientes de plástico de un solo uso, se aplican las obligaciones previstas en la normativa de residuos, incluida la relativa a su cobro.

Vídeo: Restaurantes de Castellón ante la nueva ley de desperdicio alimentario

Manolo Nebot

El propósito de la norma va más allá del conocido “táper” para las sobras. La ley establece una jerarquía de prioridades para evitar que los alimentos aptos terminen como residuo. Primero, debe prevenirse la generación de excedentes. Si aun así se producen, se prioriza su destino al consumo humano, ya sea mediante transformación en otros productos o a través de la donación y redistribución. Después se contempla la alimentación animal, el uso como subproducto en otras industrias y, solo en última instancia, el reciclado, el compostaje o la valorización energética.

Entre las obligaciones generales figura disponer de un plan de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario, así como promover acuerdos o convenios para donar excedentes a entidades de iniciativa social, organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. Estos acuerdos deben fijar, entre otros aspectos, las condiciones de recogida, transporte, almacenamiento y selección de los productos.

Ahora bien, no todas las obligaciones afectan por igual a todos los negocios. Las microempresas quedan excluidas de las obligaciones del artículo 6. También existen excepciones para determinadas actividades de transformación, comercio minorista, distribución alimentaria, hostelería o restauración desarrolladas en establecimientos iguales o inferiores a 1.300 metros cuadrados, aunque la ley contempla que sí queden obligados los negocios que operen bajo un mismo CIF y superen esa superficie en conjunto.

En el caso de los supermercados y comercios de alimentación, la norma impulsa buenas prácticas como fomentar la venta de productos con fecha de consumo preferente o caducidad próxima, promover líneas de productos “feos” o imperfectos y mejorar la información al consumidor sobre su seguridad y aprovechamiento. También se anima a reforzar la formación y sensibilización para reducir el desperdicio.

El régimen sancionador distingue entre infracciones leves, graves y muy graves. Las leves pueden sancionarse con apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros. Las graves, como no contar con un plan de prevención cuando sea obligatorio, con multas de entre 2.001 y 60.000 euros. Las muy graves, vinculadas a la reiteración de infracciones graves, pueden alcanzar los 500.000 euros.

El Gobierno defiende que la ley tiene un marcado componente ético, social y medioambiental. Según los datos recogidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, solo en los hogares españoles se tiraron sin consumir 1.183 millones de kilos de alimentos en 2023. La norma aspira a contribuir a los objetivos de reducción del desperdicio para 2030: un 50% menos en venta minorista y consumo, y un 20% menos de pérdidas en las cadenas de producción y suministro.

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