Un juzgado de Valencia ha ordenado a una ciudadana española residente en esta ciudad, a quien considera autora de la sustracción internacional ilícita de dos de sus tres hijos, que los devuelva inmediatamente a Inglaterra a petición del padre de los niños, que está denunciado por maltrato y violación.

La madre, Carolina A.G., justifica la salida del país de los menores en las amenazas y malos tratos de su aún marido y padre de los niños, un hombre de origen nigeriano y nacionalidad española tras su boda con esta mujer.

El auto considera que Carolina “ha retenido de manera ilícita a los menores en contra de la voluntad del otro progenitor oponiéndose a la devolución” de los mismos, infringiendo además una orden del Tribunal del Condado de Nottingham que le prohibía trasladar a dos de sus hijos fuera de la jurisdicción de Inglaterra y Gales sin que ella lo supiera. Según esa orden, la madre solo gozaba del cuidado y control de sus hijos sin tener en exclusiva su guardia y custodia, por lo que, en virtud del Convenio de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, no puede elegir unilateralmente el lugar de residencia.

Ese convenio, que el auto considera vulnerado, establece desde 1980 que el traslado o retención de un menor será ilícito cuando se haya producido con infracción de un derecho de custodia.

Lo que no ha tenido en cuenta el juzgado, según relata la mujer, son las circunstancias que le llevaron a sacar a sus hijos de Inglaterra. “Nos iba a matar”, asegura Carolina, quien lamenta que la justicia española no haya considerado las distintas denuncias por malos tratos y violación que interpuso en Inglaterra y en España contra su marido, una cuestión que, según el auto del juzgado valenciano, no se contempla en el Convenio de La Haya, “siendo en todo caso el Tribunal de Nottingham el que debiera pronunciarse sobre los mismos hechos”. H