Aprovechó durante un año y medio el régimen de visitas de su hija de 6 años para abusar sexualmente de ella en repetidas ocasiones. Ahora cumplirá condena de prisión durante los próximos 2 años, 6 meses y un día como autor de un delito de abusos sexuales continuados, además de indemnizarla con 10.000 euros.

Así lo establece una sentencia de la sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón, que considera probado que Juan Miguel Climent, de 34 años, abusó de su propia hija desde principios del año 2006 hasta julio de 2007, cuando tras la denuncia que presentó su exmujer contra él, se suspendieron las visitas reglamentarias por orden judicial.

Según el relato de la sentencia, el progenitor aprovechaba las visitas de su hija al piso que él compartía con sus padres, su hermana y su abuelo para visionar con ella a solas películas pornográficas en el sofá del comedor. Durante esas sesiones realizaba tocamientos en el sexo de la menor con sus dedos o con su pene, una agresión que repetía también cuando le cambiaba de ropa, se duchaban o mientras dormían juntos.

La niña contó a la pediatra que le exploró en dos ocasiones los abusos de su padre. La exploración constató que presentaba un eritema genital (piel enrojecida) atribuible a tocamientos. El informe psicológico señala que a la niña le han quedado secuelas como apatía, cambios de humor bruscos, agresividad o recurrentes pensamientos de los traumáticos episodios con su padre.

El juez no da en la resolución judicial ninguna credibilidad al testimonio del propio acusado y de su familia en el juicio, quienes negaron que padre e hija durmieran juntos, así como que hubiera tocamientos o sesiones de cine pornográfico. Señala el juez que las agresiones sexuales pudieron producirse cuando ambos estuvieran solos en la vivienda.

RELATO VERÍDICO // Tampoco se da credibilidad en la sentencia a la acusación de Juan Miguel Climent de que su exmujer hubiera manipulado el testimonio de su hija como represalia contra él por su divorcio matrimonial ya que, según el magistrado, el relato de la niña es creíble y también el dibujo que hizo para ilustrar las agresiones sexuales protagonizadas por su propio progenitor.

El fallo no estima probado que el padre introdujera su pene o cualquier objeto en el sexo de la niña, por lo que no se añade ningún agravante a la pena. H