Giro de 180 grados en el caso del conductor de Cocemfe denunciado y condenado por abuso sexual a una menor discapacitada de 16 años. Un año después del juicio, en el que fue condenado a un año y 10 meses de cárcel, la Audiencia Provincial le absuelve ahora y le declara inocente.

Este ha sido el fallo final de los magistrados de la Sección Primera, Esteban Solaz, Aurora de Diego y Javier Zaldíval, después de que el ahora absuelto fuera denunciado y condenado a un año y 10 meses de cárcel por la juez del juzgado de lo Penal 3. Y es que el acusado recurrió el dictamen alegando “una vulneración de los derechos a un proceso público y a la presunción de inocencia”.

La Federación Provincial de Discapacitados Físicos (Cocemfe) también ha sido exculpada como responsable civil subsidiaria del pago de 3.000 euros a los que fue condenada por daños morales.

La Audiencia entiende que ha quedado probado que el conductor trasladó a la menor, que sufre una parálisis cerebral y minusvalía del 81%, hasta el centro escolar en las fechas en las que esta relató que se sucedieron una serie de tocamientos de índole sexual. No obstante, considera que no se ha probado que durante los viajes al colegio el conductor se desviara del trayecto o que tardara más tiempo de lo habitual en llegar a su destino --la joven especificó que los tocamientos duraron unos 15 minutos y que se desarrollaron en un huerto de naranjos, después de que el acusado desviara su ruta habitual--.

Los magistrados sí que consideran probado que el relato de la discapacitada es verídico, atendiendo a los informes de los psicólogos y de los forenses que testificaron en el juicio y concluyeron que la joven “decía la verdad”.

No obstante, la Audiencia especifica que toda condena debe de asentarse en pruebas de cargo válidas, suficientes y concluyentes, como la declaración de la víctima. Así, pese a que existen grabaciones del relato de la menor, ninguna de las partes en el juicio solicitó su visionado en el plenario. Tampoco se pudo valorar en el juicio el vídeo de exploración.

Ante esta falta de prueba de cargo, los magistrados entienden que el acusado ha sido condenado sin que su letrado haya podido interrogar a la víctima y, añaden, que no había ningún informe médico que desaconsejara que la discapacitada declarara en el juicio.

Respecto a la versión del acusado, que dijo que todo respondía a una mala interpretación de la maniobra de anclaje del cinturón de seguridad, la Audiencia afirma que “es burda y poco creíble”. H