Julio J.B.F. ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Castellón a siete meses de prisión por un delito de quebrantamiento de pena y tras desestimar la máxima instancia judicial el recurso presentado por el demandante ante una sentencia primigenia.

Se argumenta para rechazar la apelación que queda perfectamente probado, y así también lo declaran los testigos, que Julio J.B. F., que tenía prohibido comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de su expareja sentimental, un día no determinado de enero del 2012, estando vigente esta prohibición, la ex acudió a visitarlo y este, conocedor de que no podía estar con ella, accedió a pasar al menos una jornada con la mujer, que también sabía que su exmarido no podía estar cerca de ella”, concretaron.

Sin embargo, la expareja sentimental, después de haber estado junto al hombre, presentó denuncia ante la comisaría de policía de Castellón, asegurando que el varón se la había acercado e, incluso, la agredió.

Como fundamental para que la Audiencia desestimase el recurso fue el testimonio de una amiga de la mujer, que declaró que el individuo se había mostrado agresivo. Con todos estos antecedentes, la Audiencia Provincial de Castellón, según un auto judicial hecho público, rechaza el recurso presentado por Julio. H