El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Castellón que condena al dueño del bar Lo de Sancho del Grao, Fernando Sancho, apodado el Abuelo; a su hijo, Fernando Agustín Sancho; y a un amigo de ambos, José Fernando Valencia, a las penas de tres años y seis meses de prisión para el primero, y tres años más para cada uno de los otros dos por vender cocaína desde ese local, ubicado en la calle Canalejas del distrito marítimo. El bar se había convertido en un punto caliente de venta de droga hasta que la Policía Nacional, tras un chivatazo, escuchas telefónicas y vigilancias, descubrió todo el pastel y desmanteló el negocio.

Los tres acusados interpusieron tres recursos de casación contra la decisión del tribunal castellonense al entender que no existían pruebas suficientes ni concluyentes y que, además, se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. Para el magistrado ponente del TS, Manuel Marchena, la decisión de los magistrados de Castellón es acertada con las pruebas de cargo y argumentos suficientes para incriminarles por este grave delito, por lo que ratifica la condena.

ARTILUgIOS Y UNA PISTOLA // En el juicio los acusados alegaron consumo propio para explicar el motivo por el que la Policía Nacional encontró en la planta superior del bar cocaína dispuesta para su venta envuelta en bolsitas de plástico y papelinas, así como comprimidos de alprazolam (un medicamento que usaban como sustancia de corte), dos balanzas de precisión, cinco teléfonos móviles, bolsas, tijeras, alambre de color verde y una pistola de aire comprimido. También encontraron libretas y papeles con anotaciones de cantidades y deudas, y 5.500 euros procedentes, al parecer, de su actividad ilícita.

El Tribunal Supremo entiende que este extremo no es creíble, por lo hallado en el bar, así como porque los tres procesados dijeron en el juicio que no eran adictos, sino consumidores esporádicos. Una manifestación que no concuerda con la cantidad de droga encontrada en el lugar.

Por otro lado, en las varias intervenciones telefónicas los investigadores escucharon las conversaciones mantenidas por el padre y el hijo en las que llamaban a la droga «pescao» y en las que se daban instrucciones concretas para ofrecer a los clientes la cocaína en el mismo bar.

ESCUCHAS TELEFÓNICAS // La Policía Nacional concluyó, y quedó probado en el juicio, que el tercer acusado, José Fernando Valencia, era el suministrador y en una conversación, incluso, hablaban de la calidad de la droga y de las ganancias que iban a tener. La multa impuesta para los tres alcanza los 6.871 euros.