El limbo burocrático en el que se encuentra una recién nacida de les Alqueries por los problemas administrativos y legales con los que se han topado sus padres para tramitar su inscripción en el registro civil de Nules no acaban en el desconcierto y desamparo de no poder dejar constancia oficial de su existencia.

Los progenitores, cuya historia dio a conocer ayer Mediterráneo, sufren otras consecuencias y es que Lorena --quien además es víctima de violencia de género por parte de su ex-- y su actual pareja no pueden tramitar la baja de maternidad y paternidad al no contar con el certificado de nacimiento y el libro de familia que requiere la Seguridad Social.

El mensaje de correo electrónico que desde el INSS_enviaron a la madre a finales de octubre del 2020, y al que este periódico ha tenido acceso, dice de forma literal:_«Para acreditar el nacimiento únicamente sirve el libro de familia o certificado de nacimient y con la documentación que nos aporta no se puede realizar el trámite». La documentación a la que hacen referencia es la que recibieron en el hospital en el que dio a luz, y el informe con el número de expediente del registro civil en el que se concreta que la solicitud está pendiente de resolución.

Por si fuera poco, la afectada, que estaba cobrando el paro en el momento en que nació su hija, tampoco puede reactivar esa prestación, porque se sobreentiende que está percibiendo un ayuda por maternidad que no le ha sido denegada, sino que simplemente no se puede formalizar por la falta de documentación.

La situación en la que se encuentran Lorena y su familia es de lo más llamativa, y un ejemplo del bucle en el que pueden entrar algunos casos cuando se enfrentan a la rigidez de la Administración.

Como desveló ayer Mediterráneo, Lorena es víctima de violencia de género. Legalmente, sigue casada con su expareja, que ha estado dos años en prisión --salió en libertad el pasado lunes con una pulsera GPS para que no se acerque a ella--, porque desde el 2018 está esperando un juicio que se ha demorado en el tiempo y cuya última fecha establecida en marzo.

Esta vecina de les Alqueries rehizo su vida con otro hombre, con el que en octubre tuvo una hija a la que no han podido inscribir porque el registro civil debe acreditar quién es el padre. De momento, no ha servido que hayan presentado un prueba de paternidad que está en manos de la Fiscalía, que debe ratificar su veracidad. Tampoco así que Lorena niegue contacto alguno con su agresor en dos años, como podría comprobarse en los registros de entrada de la prisión de Albocàsser. Y_así siguen desde hace tres meses, sin avances.

Que solo conste la madre, una opción que le han negado

La ley 20/2011 del registro civil, en su artículo 44, contempla la posibilidad de que la inscripción de un recién nacido se realice solo a nombre de la madre. De hecho, especifica que «en los supuestos en los que se constate que la madre tiene vínculo matrimonial con persona distinta» al padre declarado, «se practicará la inscripción de nacimiento de forma inmediata sólo con la filiación materna y se procederá a la apertura de un expediente registral para la determinación de la filiación paterna». Lorena asegura que solicitó esta opción «y me la denegaron porque el juez había dicho que debíamos esperar».