Casi cuatro meses después del nacimiento de su hija, Lorena, una madre de les Alqueries víctima de violencia de género, ha podido inscribir a la menor y ya tiene por fin el libro de familia.

De este modo se culmina un calvario personal que comenzó cuando, como cualquier otra madre, acudió al Registro Civil para inscribir a su recién nacida que ha tenido con el hombre con el que ha rehecho su vida tras separarse de su maltratador. La desagradable sorpresa llegó cuando les negaron la posibilidad de realizar este trámite porque ella sigue legalmente casada con su anterior pareja, en prisión desde el 2018.

A partir de aquel momento, Lorena comenzó un tortuoso itinerario burocrático que volvió a vincularla con el hombre que la amenazó de muerte, como reconoció la sentencia judicial que lo condenó en su día, aunque no entró en la cárcel por esta causa, pues se alegó el eximente de actuar bajo los efectos de las drogas, según Lorena. La condena que lo metió entre rejas tuvo que ver con otro incidente con una pareja posterior.

Pese a que Lorena había roto todos los lazos con su maltratador a la espera de un juicio para oficializar su divorcio, el juez responsable del Registro Civil notificó a su marido el nacimiento de la niña y este llegó a admitir la paternidad, a pesar de que la protagonista de esta historia no lo visitó en prisión en dos años ni él salió de la misma, como podría probarse en los registros del centro penitenciario, tal y como argumentó ella desde el primer momento. Tampoco tuvo efectos la presentación de una prueba de paternidad en el mes de diciembre, cuya validez no fue reconocida hasta hace una semana, cuando Lorena recibió una inscripción provisional, que no tenía ninguna utilidad a efectos de la obtención del libro de familia.

Lo más duro para esta madre, según ella misma asegura, fue saber que la Justicia, a pesar de las pruebas presentadas, reconocía a su maltratador el derecho a recurrir esa inscripción provisional, mientras que, en contrapunto, no le reconocían el suyo de registrar solo a su nombre, como madre, a la menor, tal y como contempla la Ley 20/2011 en su artículo 44. Sobre los fundamentos jurídicos que llevaron a impedir esta posibilidad no ha recibido ninguna explicación, tampoco Mediterráneo ha conseguido una respuesta al respecto en las diferentes consultas realizadas a través del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Tras tres largos meses de «pesadilla», en los que Lorena se ha sentido desamparada por la Justicia, finalmente ha conseguido su objetivo, sin saber todavía por qué ha pasado por todo esto.