Los padres de la niña fallecida en el Hospital de Vinaròs en 2018 por la negligencia de dos enfermeras consideran que la sentencia que condena a las sanitarias a un año y nueve meses de cárcel «deja desprotegidos a todos los pacientes de la Comunitat Valenciana».

Los progenitores están, según su abogado Rubén Delgado, «muy afectados» por el fallecimiento de la pequeña. A pesar del tiempo transcurrido, ninguno de los dos ha podido volver a trabajar, apenas salen de casa y no tienen vida social, cuentan sus allegados.

Los denunciantes dicen sentirse «humillados» y creen que la condena impuesta a las dos sanitarias da el mensaje de que una tragedia de este calibre «sale gratis». Lamentan que una pena inferior a dos años de cárcel vaya a «librar» a las procesadas de entrar en la cárcel y hablan de una «doble victimización» para ellos. Por lo que respecta al contenido de la sentencia --con una extensión de 67 páginas-- y su fundamentación, Delgado la califica de «magnífica» y «bien estructurada».

Cabe recordar que el juzgado de lo Penal 1 de Vinaròs impone, asimismo, a las dos condenas la pena de tres años y 10 meses de inhabilitación profesional, tiempo durante el cual no podrán ejercer la enfermería. Asimismo, deberán indemnizar a los padres en más de 230.000 euros por el homicidio por imprudencia grave cometido contra su hija, de 20 meses de edad.

El juez considera probado que el día 13 de noviembre del 2018, los padres de la bebé acudieron al servicio de Urgencias del Hospital Comarcal de Vinaròs junto con su hija menor de edad, quien presentaba un cuadro de diarreas de cinco días de evolución. El tratamiento fue indicado de manera verbal y escrita por una doctora y, según recoge la sentencia, una de las ya condenadas «con desconocimiento grave de la técnica y ciencia aplicable al desempeño de su profesión, debido a su falta de atención y cuidado en el examen de la paciente, administró a la pequeña un tratamiento distinto al pautado, mediante dos goteros independiente». «Dejó preparado otro recipiente de glucosado de las mismas características que el anterior, colgado en el mismo palo de gotero, cesando en su puesto de trabajo a las 15.00 horas por cambio de turno», apunta el documento judicial.

La otra enfermera condenada, incorporada a su puesto en el centro hospitalario tras el cambio de turno, «sin revisar la pauta que se había prescrito a la menor y la que se le estaba suministrando, sin previa consulta con el facultativo que había indicado la pauta de tratamiento, sobre las 15.15 horas se percató de que la bomba que administraba el suero glucosado había finalizado, y procedió, sin advertir el error en el que había incurrido la otra acusada, a administrar a la menor un nuevo suero glucosado». Como consecuencia de estos actos, el estado de la menor empeoró con signos de dolor y debilidad generalizada, sufriendo una situación de hiperglucemia y un cuadro convulsivo.

La menor entró en un estado de coma con un nivel de glucemia de 1.732 mg/dl que la colocó en una situación de extrema gravedad y de incompatibilidad con la vida. Fue trasladada al Hospital General, donde falleció.