El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha confirmado la condena de nueve años y medio de prisión para un vecino de la comarca del Alt Maestrat, de 53 años, que se acostó con un niño de 12. La Audiencia Provincial de Castellón lo sentenció el pasado mes de mayo por los delitos de provocación sexual, propuesta telemática sexual a menores y abusos, como avanzó este diario, y aunque el procesado decidió interponer recurso, el alto tribunal valenciano lo ha desestimado.

El ya condenado deberá, además, abonar una indemnización de 15.000 euros al menor y otros 5.000 a la madre de este, además de las costas ocasionadas.

El adulto negó durante el juicio celebrado contra él a finales del mes de abril que llegara a mantener relaciones íntimas con el niño. Dijo que solo se comunicaron por teléfono y calificó lo sucedido como un «juego». «El chico me dijo que tenía 20 años. Hablamos de quedar varias veces, yo le mandé un par de fotos sexuales, pero nunca llegamos a vernos en persona», declaró ante el tribunal.

Sin embargo, el adolescente dijo algo muy distinto y relató a los magistrados el encuentro sexual que tuvo con el adulto una madrugada en casa de sus padres. El menor reconoció que él puso un anuncio en una web para conocer hombres con fines sexuales, pero insistió en que dijo su edad real.

Relato del menor

«Una madrugada, cuando mi madre dormía en el piso de arriba, él vino a mi casa en coche y tuvimos sexo en la zona del jardín y del garaje. Hubo tocamientos, sexo oral y relaciones completas», sostuvo el denunciante, que aseguró haber tenido que acudir a consultas psicológicas y haber tomado pastillas tras los hechos.

La madre del menor relató que fue descubriendo lo que sucedía «poco a poco» y que no lo podía creer. «No sabía qué hacer, pedí asesoramiento y decidí denunciar», mantuvo la mujer, que llegó a cambiar de población para proteger a su hijo.

El Código Penal castiga en España cualquier relación sexual con un menor de 16 años al considerar que su consentimiento no es válido

La clave del asunto está --como también sucediera recientemente en el caso de un joven de la Vall acusado de realizar tocamientos a una niña de 13 y condenado después a dos años-- en la corta edad de los menores. El Código Penal castiga en España cualquier relación sexual con un menor de 16 años al considerar que su consentimiento no es válido.

La sentencia de la Audiencia considera acreditado que el adolescente especificó su edad en distintas comunicaciones y que el adulto era conocedor de la misma. Además, sostiene que estos hechos han producido una grave interferencia en el desarrollo psicosexual del menor, lo que puede distorsionar gravemente el concepto que tiene de la sexualidad y de las relaciones.