La utilización y robo de fotografías de menores de entre 12 y 18 años publicadas en sus redes sociales para crear un perfil falso para reclamo en las páginas de contacto o de pornografía de pago no es, en estos momentos, un delito. De ahí que el fiscal de delitos informáticos de Barcelona Roberto Valverde considere que esta actitud debería incluirse en el Código Penal y tipificarla como infracción penal, con su correspondiente pena. “No puede ser que la comisión de estos hechos salga gratuita”, asevera.

El fiscal advierte de que, tras el confinamiento por la pandemia del coviden la provincia de Barcelona se están recibiendo entre 10 y 20 denuncias mensuales por el uso fraudulento de las imágenes de menores para promocionar páginas web. Esta práctica, a su entender, ha sido propiciada por el mayor uso de las redes sociales durante el confinamiento, pero también por la sobreexposición de los adolescentes en esas plataformas, una tendencia que ha ido en aumento en los últimos años.

Desde hace unos meses, la policía ha empezado a recibir denuncias de padres de menores que han constatado que fotografías que sus hijas habían colgado en sus perfiles de internet en biquini o con poca ropa se estaban utilizando para anunciar o promocionar portales de pornografía o de contactos. Según Valverde, este tipo de webs descargan las imágenes que las menores cuelgan libremente en las redes, con lo que es difícil que se pueda perseguir su uso por la vía penal. Pese a que estos hechos no tienen encaje por ahora en el Código Penal, los padres tienen la opción de presentar una demanda civil para reclamar la indemnización e instar a la plataforma a retirar la fotografía robada.

El perito judicial y forense informático Bruno Pérez Juncà explica que esa usurpación de imágenes de menores en las redes sociales puede deberse a casos de 'bullying' o acoso, pero que también funciona como mecanismo de extorsión. "Te roban la identidad y te dicen que han creado una cuenta de OnlyFans con tus imágenes", explica. Aunque sea mentira, eso sirve como coacción para perjudicar su reputación digital, algo que para los menores es esencial. "Toda su vida personal y profesional depende de ello".

Pornografía infantil

Este no es el único delito informático que aumentó durante la pandemia. También lo hicieron los relacionados con la pornografía infantil. Durante 2020 se incoaron 61 procedimientos por este tipo de delitos en la provincial de Barcelona, lo que supone un incrementos del 169% respecto al año anterior. En España, según Valverde, se han triplicado. Los delitos de acoso a menores por medio de las telecomunicaciones, por su parte, se han duplicado en Barcelona (61 diligencias judiciales el año pasado). Existe mucho delito no denunciado.

La memoria no recoge ninguna investigación penal en marcha por los portales de internet que hacen apología de los trastornos alimentarios, uno de los problemas sanitarios que, según los facultativos, ha afectado más a las adolescentes durante el confinamiento. La persecución de estas páginas de internet era limitado hasta el pasado mes de julio, cuando se tipificó la incitación a esta conducta, así como a la inducción a las autolesiones, en la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia.

Revelación de secretos y otros

Otras categorías delictivas que han dado lugar a un "incremento estadístico digno de consideración", según Valverde, es la de las infracciones panales en el que el objeto de la actividad ilícita son los propios sistemas informáticos o las tecnologías de la información (TIC). Destaca los siguientes: descubrimiento y revelación de secretos (interceptación de transmisiones, como emails o mensajes) con la vulneración de otra persona, que han pasado de 29 casos en 2019 a 55 en 2020. Los daños informáticos han pasado de 14 a 24 incoaciones de procesos penales.