Caso Abierto - El Periódico Mediterráneo

Caso Abierto - El Periódico Mediterráneo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Audiencia Provincial

Pacta 4 años y 6 meses de internamiento por agredir sexualmente a una mujer en un centro de enfermos mentales de Albocàsser

El agresor, que sufre un retraso mental ligero, está siguiendo un tratamiento en un centro específico y no podrá acercarse a la víctima

El agresor declaró de manera telemática. Mediterráneo

Cuatro años y seis meses de internamiento en un centro específico, la prohibición de acercarse a 500 metros de la víctima, libertad vigilada para los siguientes cuatro años y seis meses y el pago de una indemnización de 8.000 euros. Un varón aceptó ayer, tras alcanzar un acuerdo de conformidad en la Audiencia Provincial, todas estas penas por un delito continuado de agresión sexual, con acceso carnal, y con la eximente incompleta de alteración psíquica. Los hechos ocurrieron en los años 2019 y 2020 en un centro de enfermos mentales en Albocàsser, dependiente de la Generalitat.

El hombre, que aceptó los hechos y las penas en el juicio de manera telemática al encontrarse ya ingresado en un centro específico, presenta un cuadro de retraso mental ligero que le ocasiona trastorno del carácter y trastornos del comportamiento, fundamentalmente orientadas hacia la esfera sexual. También consta que fue declarado «incapaz total» en el 2017 por el juzgado de Paterna. Desde el mes de junio del año 2019 hasta principios del 2020, acometió sexualmente a otra mujer interna en el mismo centro, pese a que ella, de manera reiterada, le mostraba su aversión.

Ataques

Los ataques se producían cuando la víctima se encontraba sola, según destaca el escrito de Fiscalía, en lugares como el patio, la sala de estar o la lavandería. Se da el caso de que la víctima está diagnosticada con esquizofrenia, trastorno disociativo, síndrome de estrés postraumático, trastorno límite de la personalidad y nivel intelectual inferior a la media.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal pedía en un principio una pena de nueve años de prisión, así como la medida de internamiento en ese tiempo para tratamiento médico en un centro adecuado a la anomalía psíquica del procesado, así como la prohibición de acercarse a la víctima durante quince años, y una medida de libertad vigilada para los siguientes nueve años, una vez cumplida la primera pena. Finalmente, las partes acordaron las penas ya relatadas. De la indemnización, cabe apuntar, será responsable civil subsidiario el Instituto Valenciano de Atención Social-Sanitaria, entidad pública tutora de la Generalitat Valenciana. 

Compartir el artículo

stats