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las claves del juicio celebrado en la audiencia provincial de castellón

Cuando WhatsApp es un arma

El jurado declara culpable de homicidio doloso a un vecino de Moncofa por provocar el suicido de un menor de Vila-real

Imagen de V. Paradís, tras abandonar la Ciudad de la Justicia de Castelló tras la lectura del veredicto. GABRIEL UTIEL BLANCO

El juicio con jurado celebrado durante siete sesiones en la Audiencia Provincial de Castellón contra un hombre por acosar, hostigar y amenazar a un menor de Vila-real a través de mensajes de WhatsApp hasta provocar que se quitara la vida hace seis años ha generado una gran expectación por los hechos enjuiciados. Por mayoría, el jurado lo consideró culpable de un delito de homicidio doloso con la agravante de abuso de superioridad, por lo que ahora el juez fijará su condena que oscilará entre los 12 años y medio y los 15. 

Vicente Paradís, vecino de Moncofa de 62 años, es culpable de haber causado la muerte a este joven de 17 años, que se lanzó de la azotea de un octavo piso, por haberle acosado e incitado al suicidio. En solo tres horas le envió 119 mensajes de hostigamiento, a pesar de que el menor le remitió medio centenar de suplicas y perdón. Este caso, con sus características, posiblemente ha sido el primero que se ha juzgado en España, de ahí que los abogados de la acusación particular no hayan encontrado en la jurisprudencia una sentencia sobre hechos similares. 

Homicidio doloso

La doctrina de la imputación objetiva

La Fiscalía y la acusación tuvieron claro desde el principio que estaban ante un homicidio doloso. Para intentar explicar jurídicamente como alguien es responsable del fallecimiento de otro sin conocerlo personalmente y sin haber ordenado su muerte, las partes recurrieron a la doctrina de la imputación objetiva. Según han explicado desde el despacho de abogados de la acusación particular, llevada a cabo por el letrado Juan Luis Serrano, la imputación objetiva requiere una relación ilegal de causa a efecto entre la conducta y el resultado producido.

«En nuestro caso hay una conducta ilegal del acusado, a través de las coacciones y amenazas hacia el menor, y una relación de causa a efecto entre estas coacciones y la muerte del menor, máxime cuando, en un momento dado, el menor informa qué se va a suicidar. Desde ese momento es previsible el suicidio, y, de acuerdo con esta teoría, se puede imputar el resultado de la muerte al causante de las amenazas».

Y es que, como señaló el fiscal durante la primera sesión del juicio, «se puede matar a alguien por acción, pero también por omisión». Dado que esta doctrina jurídica podía resultar compleja de entender al jurado, ambas partes decidieron «para que se no fuera de rositas» plantear otros delitos alternativo como el homicidio imprudente, las amenazas y las coacciones. Finalmente, el jurado, por mayoría, sí consideró que era responsable de un homicidio doloso, considerando también la agravante de abuso de superioridad.

Pruebas

Los mensajes son el arma del homicidio

Los mensajes de acoso y hostigamiento que el culpable mandó al joven a través de la aplicación de WhatsApp, tras haber contactado con él en un chat de internet, han sido la principal prueba incriminatoria contra el acusado.De ahí que, desde un primer momento, la defensa intentase invalidarla poniendo en cuestión la cadena de custodia del terminal antes de que la unidad de informática forense de la Policía Nacional extrajera los datos. Además, buscó sembrar dudas sobre posibles manipulaciones de «una mano negra». Los agentes defendieron en sus testificales la autenticidad de los mensajes que dejan constancia de lo que pasó aquel 1 de diciembre del 2016. 

«Hola quieres sentarte encima de mi polla, te voy a enseñar a no fastidiar, aquí cuando se hace esto es para follar, pues ahora atente a las consecuencias, quieres saltar ahora?, si te suicidas les dejarás el marrón a tus papás, por meterte en una página para mayores voy a arruinar a tus padres por tu culpa, vas a llorar lágrimas de sangre delante de los jueces y de tus padres» fueron algunos de los mensajes que el adulto mandó al chico creando una situación de permanente hostigamiento y chantaje emocional que provocó que el menor se suicidara, según quedó probado de acuerdo al veredicto.

Otra prueba clave fue el reconocimiento de dicha conversación por el acusado ante una psicóloga y trabajadora social, tras ser detenido, a pesar de que en su declaración ante el jurado lo negó. Allí se arrepintió y aseguró que se enteró de la muerte del chaval cuando fue arrestado. Esta línea de reconocimiento de los hechos y de arrepentimiento ha sido obviada por su defensa.

Condena

El culpable irá de 12 a 15 años a prisión

Ahora es el magistrado de la Audiencia Provincial de Castellón el que deberá fijar la condena, que dada la tipología del delito oscilará entre 12 años y medio y 15 de cárcel. La Fiscalía solicita 14 y la acusación particular 15. Además, también depende del juez la decisión de su ingreso inmediato en prisión. La defensa ya ha anunciado que recurrirá.

Familia

El hermano y los padres del menor fallecido en Vila-real. GABRIEL UTIEL BLANCO

El dolor de los padres en busca de justicia

Los padres del joven declararon como testigos en la segunda sesión, donde conmovieron a los presentes con su relato, a excepción del acusado que siempre se mantuvo inquebrantable. «Mi hijo descansará ahora en paz», afirmó la madre, entre lágrimas, al conocer el veredicto.

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