TRIBUNAL SUPREMO

Delirio conspiranoico, confinamiento y agresión brutal: 10 años de cárcel para el Guardia Civil que apuñaló a un compañero en Huesca

El Tribunal Supremo confirma la condena para el agente al no apreciar la eximente total por alteración psíquica

Una imagen de la fachada del Tribunal Supremo.

Una imagen de la fachada del Tribunal Supremo. / EP

Cristina Gallardo

Aquejado de un trastorno delirante, que le hacía imaginar una conspiración en la que estaba siendo acosado e incluso envenenado por sus compañeros en la Guardia Civil, José Luis Escarabajal aprovechó el 2 de mayo de 2020, primer día en el que los ciudadanos pudieron salir a la calle tras encierro por el coronavirus, para atacar a su vecino, agente como él, y asestarle hasta 13 puñaladas que casi acaban con su vida. También resultó herida su hija adolescente, que le acompañaba en ese momento.

Ahora, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 10 años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Huesca en abril del pasado año por un delito de tentativa de asesinato, a los que se suman un año y tres meses más por otro de lesiones, al no apreciar que deba aplicarse a su caso una eximente total por alteración psíquica.

La resolución, que tiene fecha del pasado 19 de enero, rechaza todos los motivos del recurso de casación menos uno, al apreciar error en la aplicación de la alevosía en relación con las heridas que sufrió la hija del guardia civil agredido. Únicamente se reduce su condena inicial en seis meses.

El alto tribunal, en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, avala las conclusiones alcanzadas tanto por la Audiencia que juzgó los hechos como por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que confirmó la condena dos meses más tarde, por lo que declara ajustada a derecho la aplicación en este caso de una eximente incompleta. Es decir, confirma que Escarabajal tenía la intención de matar a su vecino cuando le atacó.

Añade que los hechos probados de la sentencia son prolijos en la descripción de los padecimientos psíquicos y las circunstancias concurrentes en el acusado -de baja y sin acceso a su arma oficial en el momento de los hechos- que “proyectaba sobre la víctima sus ideas imaginarias de persecución”.

El ahora condenado en firme vivía en la avenida Martínez de Velasco de la capital altoaragonesa, en el mismo bloque de viviendas que su compañero, con el que mantenía hasta entonces una relación correcta a pesar de estar destinados en distintas unidades. El 2 de mayo de 2020, en plena pandemia de covid, la víctima sacó a pasear a su perro acompañado de su hija que, en un momento dado, tras apercibirse de la presencia a sus espaldas de su vecino, pidió a su padre que apartara la correa de su mascota para dejarle pasar.

En ese momento, Escarabajal atacó de forma sorpresiva a su vecino asestándole hasta 13 puñaladas que alcanzaron partes vitales del cuerpo como abdomen y tórax, mientras le gritaba: "te voy a matar”. El ataque terminó por la acción de otras personas que había en ese momento en la calle, que no pudieron evitar que la joven, recibiera otras cuatro cuchilladas.

La decisión del Supremo se basa en el diagnóstico de los forenses, de dos psiquiatras y del historial médico del acusado, que entraba en colisión con las conclusiones de la especialista que le trató en el centro penitenciario. Al igual que ocurrió en las anteriores instancias, rechaza que pueda hablarse de una “insanidad mental” que merezca la aplicación de una eximente completa, lo que llevaría a declarar su irresponsabilidad penal en lo sucedido.

La pequeña rebaja en su condena responde a que el alto tribunal sí acoge las razones de la defensa al considerar que se ha aplicado indebidamente la agravante de alevosía en relación con las lesiones sufridas por la menor al salir en defensa de su padre.