DELITO DE CONDUCCIÓN TEMERARIA

La Guardia Civil de Cáceres investiga a una persona que circulaba con otra sobre el capó del coche

Circulaba a 80 kilómetros a la hora por la Ex-118, a la altura de Peraleda de la Mata. La acción fue grabada y subida a las redes sociales

Agente de la Guardia Civil.

Agente de la Guardia Civil. / GUARDIA CIVIL

Redacción

Agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Cáceres ha identificado y puesto a disponsición judicial al conductor de un turismo que circulaba con una persona sobre el capó del coche.

Según relata la Guardia Civil, el conductor circulaba por la Ex-118 a 80 kilómetros a la hora con una persona en el capó del vehículo y mientras el acompañante grababa la acción y la subía a las redes sociales. La Benemérita imputa un delito de coducción temeraria.

Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Cáceres, tuvieron acceso a un vídeo publicado en una conocida red social, en el que puede apreciarse como un vehículo, circulando en torno a 80 km/h por la carretera autonómica Ex-118 (próximo a la localidad de Peraleda de la Mata), lo hace con una persona subida en el capó. 

Del estudio e investigación de los hechos, así como del perfil y el entorno de la persona que sube el vídeo, los investigadores identificaron tanto al conductor del vehículo como a la persona responsable de su publicación.

De esta manera, el conductor, un varón de 20 años, ha sido investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia, de Navalmoral de la Mata, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en conducir de un vehículo a motor de forma temeraria, con peligro para la vida e integridad de las personas.

La Guardia Civil quiere concienciar a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que generan este tipo de conductas tratándose, además, de un delito expresamente recogido en el artículo 380 del Código Penal, para el cual se prevén penas de prisión de 6 meses a 2 años y privación el derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.