El Supremo confirma la condena de 17 años para dos de los asesinos del 'tronista' Daniel Menjíbar
Los hechos se produjeron en Torrent el 11 de julio de 2020

Los acusados de matar a Dani Menjíbar (a cada lado de la imagen) en la primera sesión del juicio. IGNACIO CABANES / Mediterráneo
Cristina Gallardo
El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 17 años de cárcel impuesta en marzo del pasado año a Antonio M.C. y Francisco Manuel H.H., quienes fueron declarados culpables por un jurado popular del asesinato del que fuera exconcursante del programa 'Mujeres y hombres y viceversa' Daniel Menjíbar. Los hechos, por los que respondieron también dos menores condenados a una pena de 8 años de internamiento, ocurrieron en julio de 2020 cerca de una zona de pubs de Torrent (Valencia).
El alto tribunal rechaza todos los motivos de los recursos de los condenados, y en el caso de Francisco Manuel reprocha a su defensa que se limitara a enunciarlos sin más, por lo que carecen de todo fundamento. Además de las condenas de prisión, se confirman las indemnizaciones de 50. 000 euros para los progenitores del joven y de 25.000 para cada uno de sus cuatro hermanos.
Según los hechos probados por la Audiencia de Valencia, confirmados posteriormente por el tribunal superior, los cuatro condenados y una quinta persona que no ha podido aún ser encontrada coincidieron con el que fuera 'tronista' en un pub de la localidad y se produjo una discusión en la que, según las actuaciones judiciales, la víctima señaló a uno de los menores que "si no estaban juntos ya no eran tan chulitos".
En ese momento Menjíbar recibió un puñetazo en el rostro y salió corriendo mientras era perseguido por el grupo, que le alcanzó y le siguió golpeando. En un momento dado, el exconcursante recibió dos puñaladas, una por la espalda y otra en el corazón que le causó una hemorragia masiva provocándole la muerte.
En el Vedat de Torrent
Ocurrió la madrugada del 11 de julio de 2020, cuando los cuatro coincidieron con la víctima, de 31 años, en una zona de bares de la localidad valenciana de Torrent.
"Cruzaron unas palabras", consideró acreditada la sentencia que los condenó, que no aclaró el origen de la discusión y sólo precisó que, una hora más tarde, cuando la víctima dijo a uno de los menores "que si no estaban juntos no eran tan valientes", éste le dio un puñetazo y Francisco H. comenzó a empujarle.
Tras intentar calmarlos sin éxito, la víctima comenzó a correr durante una persecución en la que fue golpeado hasta que cayó, circunstancia que no impidió que siguieran agrediéndole.
Consiguió levantarse, según el relato de la Audiencia de Valencia, pero, tras una segunda persecución, Francisco H. y sus acompañantes le inmovilizaron y, sabiendo que llevaban navajas y "con la intención de acabar" su vida, "le asestaron dos puñaladas", una de ellas en el corazón, que le causó la muerte.
La sentencia, avalada por el Tribunal Superior de Justicia valenciano y ahora por el Supremo, acreditó que se aprovecharon de su situación "desvalimiento" por la "afectación de sus facultades psicofísica" provocada por el consumo de "alcohol y cocaína", de su "superioridad numérica" y de que "el ataque con las navajas se produjo de manera sorpresiva".
Tras el crimen, los agentes encontraron las navajas, "previamente limpiadas", escondidas entre unos matorrales.
El Supremo avala al TSJ
Respecto de la participación de este joven en el hecho de la muerte, el Supremo recuerda que el jurado tuvo la oportunidad de contar con una prueba directa, mediante la declaración de un testigo presencial que reforzó "con sólido fundamento y meticuloso detalle" los elementos probatorios valorados por el tribunal. Rechaza igualmente los reproches realizados por esta parte sobre la redacción de algunas preguntas realizadas por la magistrada al jurado.
Finalmente, señala que la representación de Francisco se limitó a enunciar cuatro motivos de recurso "sin el más mínimo desarrollo de cualquiera de ellos", y que carecen manifiestamente de fundamento.
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