Tribunales
El Tribunal Militar rebaja el procesamiento de altos mandos del caso de los soldados ahogados en Cerro Muriano
Exime de los delitos en grado de tentativa tanto al coronel como al teniente coronel y al comandante de la base, y exonera al sargento que colocó la cuerda

Imagen de la entrada a la base el día del suceso. / Manuel Murillo
Rafael Valenzuela
El Tribunal Militar Central número 1 de Madrid, que investiga la muerte de dos militares en la base de Cerro Muriano en diciembre de 2023 durante un ejercicio en una balsa de agua de las instalaciones militares y otros tuvieron que ser ingresados por hipotermia, ha dictado un auto en el que ha cambiado a la baja las condiciones del procesamiento de algunos de los mandos investigados por el suceso, según han confirmado a Diario Córdoba fuentes cercanas al caso.
En su auto, el juez militar ha resuelto eximir de los delitos en grado de tentativa por los que eran investigados tanto al coronel, como al teniente coronel y al comandante de la base, si bien a estos dos últimos los mantiene investigados por los delitos contra los deberes del servicio (imprudencia), de los que también se acusa al capitán encargado de las maniobras como a un teniente.
Además, el juez militar también ha decidido dejar fuera del proceso al sargento investigado que era encargado de instalar la cuerda de paso del lago donde se realizaron las maniobras.
De esta forma, si por el suceso de las navidades de 2023 estaban procesados un coronel, un teniente coronel, un comandante, un capitán, un teniente y un sargento, ahora, tras este último auto, se ha retirado el citado procesamiento al coronel jefe del regimiento de la Reina, porque se incorporó al citado regimiento cuando el ejercicio en el que se produjo el siniestro ya estaba aprobado por su predecesor en el cargo. En el caso del sargento encargado de colocar la cuerda guía, también se ha retirado el procesamiento porque, según el documento, instaló la maroma entre las dos encinas que mayor resistencia presentaban para las exigencias del ejercicio.
El tercer cambio que introduce el auto, se refiere a la petición de imputación por una de las partes del general de la brigada, algo que ya se descartó en su momento, por un defecto de forma, y no era recurrible.
Otro aspecto que descarta el auto ahora conocido, según la fuente consultada por Diario Córdoba, se refiere a la petición de una de las acusaciones del procesamiento por "dolo eventual" (que quiere decir que aunque se conociera que podría pasar algo se siguió adelante con el ejercicio), extremo que el juez también ha descartado.
Por otro lado, también se había solicitado que se procesara a los encausados por cuatro delitos "contra la eficiencia en el servicio" (imprudencia), dos sobre las personas fallecidas y dos por los que sufrieron hipotermia. Estos dos últimos casos han sido rechazados.
En cuanto al resto del auto, el juez mantiene el procesamiento, aclarando que las consideraciones de cada una de las partes se dilucidarán en la sala.
En este mismo caso, el juez también ha desestimado la pretensión de la compañía aseguradora del Ejército de eximir su responsabilidad, por considerar que su cobertura solo era de accidente pero no de responsabilidad, civil. El juez ha desestimado esta petición y señala que el tipo de responsabilidad también se dirimirá en el juicio oral.
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