COMPLETAN LA NUEVA NORMATIVA, TRAS MÁS DE AÑO Y MEDIO DE TRÁMITES

Vila-real fija en 14 años la edad mínima para conducir patinetes eléctricos

De manera pionera, el consistorio organizará cursos gratuitos previos a circular con estos vehículos

Un usuario circula con su patinete eléctrico por la céntrica zona de las plazas Major y de la Vila de Vila-real.

Un usuario circula con su patinete eléctrico por la céntrica zona de las plazas Major y de la Vila de Vila-real. / GABRIEL UTIEL BLANCO

A los 14 años. Esta es la edad mínima que la ordenanza que regula el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), básicamente los patinetes eléctricos, establece para poder hacer uso de este tipo de dispositivos por las calles de Vila-real. «Frente a otras ciudades de nuestro entorno, como València o Castelló, que fijan la edad mínima de circulación en 15 ó 16 años, hemos decidido finalmente rebajarla aquí atendiendo a la realidad que nos rodea y que no es otra que la proliferación de estos vehículos entre los más jóvenes y teniendo en cuenta, además, que se trata de una movilidad mucho más eficiente y sostenible que el coche u otros medios de transporte privados», explica el alcalde, José Benlloch.

Este es uno de los aspectos más destacados de la modificación de la ordenanza municipal de tráfico que, tras más de un año y medio de tramitación, en la que se regula el uso de estos dispositivos. Con todo, la normativa aún tiene que aprobarse en un próximo pleno.

Extensión de su uso

«El uso de los VMP, los populares patinetes eléctricos, se ha extendido de forma considerable en nuestras ciudades. Estamos ante un nuevo tipo de movilidad que requiere que nos dotemos también de nuevas normas que garanticen la seguridad y la convivencia de un número cada vez mayor de medios de transporte», detalla el munícipe, quien recuerda que, previamente a la actualización municipal, ha sido necesaria la regulación estatal al respecto.

Lo que marcará la ordenanza

  • HOMOLOGACIÓN: Los usuarios de patinetes eléctricos deberán con un certificado que demuestre que están homologados.
  • VELOCIDAD: No podrán circular a más de 20 km/h y a un máximo de 15 km/h por carriles bici. 
  • ESPACIOS: Se prohibe transitar con patinetes eléctricos por áreas peatonales y aceras; y deben hacerlo por la calzada. 
  • CASCO: El uso del casco será, en principio, obligatorio.
  • SEGURO: Se recomienda contar con un seguro de responsabilidad civil para poder afrontar cualquier tipo de incidente.
  • FORMACIÓN: Se aconseja realizar uno de los cursos teórico-prácticos previos a la conducción, que organizará el Ayuntamiento.

Otras de las condiciones que fija la ordenanza de tráfico con respecto a los VMP es el uso obligatorio del casco o la recomendación de contar con seguro de responsabilidad civil. Además, los vehículos de movilidad personal --que deberán observar las normas de circulación de tráfico-- únicamente podrán circular con una persona sobre ellos, a la vez que deberán contar con un certificado de circulación para garantizar que son vehículos homologados y que cumplen los requisitos técnicos.

También se recomienda la realización de un curso teórico y práctico de formación previo a la conducción, que organizará el Ayuntamiento. «Esta es una novedad importante que introducimos en Vila-real de manera pionera, con el objetivo fundamental de facilitar a los usuarios el conocimiento de la normativa y mejorar su seguridad y la de todos», puntualiza el alcalde Benlloch. 

¿Por dónde conducir?

Respecto a las zonas por las que podrán circular los patinetes eléctricos, la normativa establece la prohibición de hacerlo por autovías, túneles urbanos, aceras o zonas peatonales. Sí que podrán transitar por vías ciclistas, carriles bici marcados por las aceras o ciclocalles, además de por plataformas únicas de calzada y acera.

Se permite que vayan por la calzada de las vías urbanas, siempre por la zona central del carril, a una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora (15 km/h en el caso de hacerlo por carriles bici).

En cuanto al aparcamiento, se prohibe estacionarlos atados a árboles o mobiliario urbano y tampoco en zonas reservadas para personas con movilidad reducida. Se podrán dejar en lugares habilitados, aparcabicis o aceras, pero en ningún caso en la línea de fachada obstaculizando el paso.