El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de Mancomunidades, que permitirá crear organizaciones de este tipo de ámbito comarcal, y con el que se pretende configurar estos entes como un eje básico en la prestación de servicios a los ciudadanos e incrementar la eficiencia y eficacia de esta prestación.

Así lo ha dado a conocer la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, tras el pleno del Ejecutivo, quien ha explicado que con esta normativa se pretende profundizar en una nueva forma de gestión cooperativa y no competitiva, así como "facilitar y simplificar" el funcionamiento de las mancomunidades.

La ley establece el marco legal para las mancomunidades de municipios y define el régimen jurídico que regule su creación, los órganos de gobierno, las normas de organización y funcionamiento y el procedimiento para la supresión de las mismas.

Asimismo, pretende dotar a las mancomunidades de un régimen jurídico más completo y llevar a cabo una regulación más detallada en cuanto a su diferente catalogación, atendiendo a su capacidad de gestión y la adecuación de su ámbito territorial a la demarcación territorial correspondiente.

Así, junto con la actuales mancomunidades de servicios ordinarias se crearán las mancomunidades de ámbito comarcal, a las que podrán adherirse "los municipios limítrofes vinculados por características e intereses comunes".

Las mancomunidades comarcales gozarán de la condición de entidades locales y tendrán a su cargo la prestación de servicios y la gestión de actividades de ámbito supramunicipal, representando los intereses de la población y territorio comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio dentro de la Comunitat.

Los municipios mancomunados podrán participar en alguna o en todas las actividades que constituyen el objeto de la mancomunidad, siempre que las obras o servicios sean independientes y ello no afecte a la eficaz actuación de la misma.

Salvo en el caso de las mancomunidades de ámbito comarcal, se podrán integrar en las mancomunidades municipios entre los que no exista continuidad territorial, que pertenezcan a distintas provincias e, incluso, a distintas comunidades autónomas, ha explicado Oltra.

Igualmente, las Entidades Locales Menores podrán formar parte de las mancomunidades, si para ello cuentan con la autorización de la iniciativa por el municipio matriz al que estén adscritas.

El anteproyecto de ley establecen nuevas fórmulas de coordinación de funciones municipales por las mancomunidades como son la prestación conjunta de servicios, licitación de contratos y personal conjunto.

El objetivo es facilitar la licitación conjunta de contratos no sólo de servicios, sino de suministros y otros tipos e, incluso, la posibilidad de establecer centrales de contratación, lo que contribuiría a la eficacia y eficiencia de los recursos públicos.

La normativa regula también la relación de las mancomunidades con el resto de administraciones públicas, de manera que podrán celebrar convenios de cooperación o asumir funciones en coordinación con otras administraciones, orientadas exclusivamente a la realización de obras y la prestación de los servicios públicos.

Las inversiones propuestas por las mancomunidades que supongan ejecución de obras y servicios en beneficio de varios municipios tendrán carácter prioritario en los planes provinciales de obras y servicios, así como dentro de los programas y planes de inversiones de los distintos departamentos de la Generalitat.