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EL OBISPADO DE TORTOSA PUEDE RECURRIR EL FALLO

Resuelto el juicio del campanario de Benicarló: pertenece al Ayuntamiento y no a la Iglesia

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vinaròs dicta que el consistorio es el legítimo propietario del inmueble

Imagen del campanario de Benicarló, que la sentencia judicial establece que es propiedad del Ayuntamiento. María José Sánchez

El Ayuntamiento de Benicarló es el legítimo propietario del campanario y de la vía pública que separa la torre de la Iglesia de San Bartolomé. Así lo ha dado a conocer este martes el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vinaròs, que condena al obispado de Tortosa a cancelar la inscripción del campanario a su nombre en el Registro de la Propiedad y al pago de las costas del juicio.

La alcaldesa, Xaro Miralles, se ha mostrado muy satisfecha con la sentencia, «que demuestra lo que siempre habíamos asegurado desde el Ayuntamiento y confirma que la ciudad de Benicarló es la propietaria legítima del campanario».

Miralles ha agradecido a todas las personas que, desde el primer momento, han apoyado la demanda, desde los grupos políticos municipales y exalcaldes hasta los técnicos municipales, servicios jurídicos del Ayuntamiento de Benicarló y al historiador Juan Luis Constante, autor del informe pericial.

El fallo judicial, esgrimen desde el consistorio, reconoce la propiedad municipal del campanario y señala que tanto el uso como el mantenimiento del edificio han sido responsabilidad del Ayuntamiento, «sin oposición por parte del obispado». «Su uso y mantenimiento han ido a cargo del Ayuntamiento, lo que demuestra su posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante más de 30 años».

"La sentencia demuestra lo que siempre habíamos asegurado desde el Ayuntamiento y confirma que la ciudad de Benicarló es la propietaria legítima del campanario"

Xaro Miralles - Alcaldesa de Benicarló

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Paralelamente, la sentencia considera relevante el hecho de que durante la restauración de la iglesia, con motivo de la exposición de la Fundación La Luz de las Imágenes, no se incluyó el campanario porque no era propiedad de la Iglesia.

La jueza considera acreditado tanto el requisito de identificación como el título de dominio y, por tanto, considera el Ayuntamiento de Benicarló como propietario legítimo del campanario.

La diócesis "respeta" la sentencia, pero no descarta recurrirla

Como la sentencia ha sido dictada en primera instancia, el obispado de Tortosa puede recurrirla ante la Audiencia Provincial en un plazo de 20 días, algo que la diócesis no descarta, tal como anunció a última hora del martes a través de un escueto comunicado, en el que la diócesis mostró su «respeto» a la resolución y confirmó que la «está estudiando», por lo que «se reserva la posibilidad» de alegar.

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