Fallo judicial
La empresa puede descontar de la nómina los retrasos a sus empleados
Una sentencia de la Audiencia Nacional avala que, aparte de la multa, el empleado no cobre el tiempo que ha dejado de trabajar por llegar tarde
Si un empleado llega tarde a trabajar la empresa puede descontarle a final de mes de su nómina el sueldo equivalente al tiempo que no ha realizado. Lo que no es incompatible con la sanción correspondiente que contemple el código disciplinario. Así lo estima una sentencia de la Audiencia Nacional, hecha pública este lunes pero fechada del pasado 20 de junio, que desestima una demanda del sindicato CGT contra la empresa de atención telefónica Atento.
Pulsa para ver más contenido para ti
Más en Economía
-
Los hogares que consumen pescado piscícola por ser sostenible se cuadriplican
-
El 85% de los autónomos no ha estado de baja laboral durante el último año
-
El impacto de la falta de suelo en la escasez de nuevas viviendas
-
Amancio Ortega ingresa 1.422 millones por su 59% de Inditex, la mitad de lo que cobrará este año
Comentarios
Ver comentarios