Tribunales
La acción popular en el caso Gali se opone a la fragmentación de la causa
Se niega a que los delitos de falsedad documental y prevaricación se separen | El juez señala que "sólo la abusiva e improcedente aplicación de la Ley de Secretos Oficiales ha impedido hasta la fecha conocer cómo se concertó por las autoridades argelinas y españolas la entrada de un individuo buscado por las autoridades judiciales de España"

El líder del Frente Polisario, Brahim Gali. / EP
EFE
El letrado que representa a la acción popular en el caso de la presunta entrada ilegal en el país del líder del Frente Polisario, Brahim Gali, se ha opuesto al recurso del ministerio fiscal contra la decisión del juez de Zaragoza que instruye la causa de rechazar el traslado a un órgano judicial de Logroño el procedimiento respecto a uno de los delitos investigados, el de falsedad documental.
En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Efe, este letrado, Antonio Urdiales, destaca que las opciones planteadas por el instructor sobre la posibilidad de una autoría conjunta o concertada de los delitos investigados, los de falsedad documental y prevaricación, son argumentos "más que suficientes para no disolver la conexión existente, que a juicio de esta parte es manifiesta".
En su recurso, la Fiscalía descarta que el presunto delito de falsedad documental en investigación tenga conexión alguna con el de prevaricación también denunciado y concluye que corresponde a un juzgado de Logroño determinar si Gali se sirvió de un pasaporte falso para ingresar, el 18 de abril de 2021, horas después de aterrizar en la base aérea de Zaragoza en un avión procedente de Argelia, en un hospital de la capital riojana para ser tratado de un covid agravado.
En respuesta al ministerio fiscal, y de acuerdo con el instructor en el auto que rechaza desgajar la causa, Urdiales señala que "sólo la abusiva e improcedente aplicación de la Ley de Secretos Oficiales ha impedido hasta la fecha conocer cómo se concertó por las autoridades argelinas y españolas la entrada de un individuo buscado por las autoridades judiciales de España".
A su juicio, el hecho de que Gali estuviera requerido por la Audiencia Nacional es "el verdadero motivo por el que se decidió que este individuo entrara en territorio español provisto de un pasaporte falso, elaborado 'ad hoc' para ser ingresado en el Hospital San Pedro de Logroño".
Considera, además, que el secreto establecido en torno a la conversación mantenida por la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya con su homólogo argelino impide conocer si el uso de un pasaporte falso deriva de un acuerdo "o si fue sólo una ocurrencia de los argelinos".
Una conversación, añade en su escrito, cuyo contenido "jamás conoceremos", salvo que la comisión rogatoria enviada por el instructor a Argelia permita arrojar nuevos indicios en torno al caso, en el que estuvieron investigados inicialmente González Laya y su exjefe de Gabinete, Camilo Villarino, hasta que fue sobreseída la investigación en torno a ambos.
En el auto impugnado por el fiscal, el juez advierte de que una inhibición "sería arriesgada en cuanto presumiría con ligereza que no están relacionados ni los motivos ni las personas para en su caso prevaricar y falsear el documento de identidad", afirmación hecha en referencia al presunto pasaporte falso presentado por la persona que acompañaba a Gali en el momento de ingresar el centro hospitalario riojano.
Y añade que aunque no hay indicios de la autoría del presunto delito de prevaricación, sí los hay de su existencia, así como de su conexión con otro de falsedad documental, y añade que son varias las opciones sobre una autoría "conjunta o concertada" que, subraya, la referida "zona de oscuridad" dificulta determinar.
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