Rechaza sus recursos
La Audiencia Nacional confirma que el exgerente del PP de Madrid sea juzgado por su presunta financiación ilegal
Rechaza el recurso de Beltrán Gutiérrez para evitar el juicio por delito de falsedad electoral en las elecciones de 2011
Ángeles Vázquez
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el último cartucho con el que el exgerente del PP de Madrid Beltrán Gutiérrez trataba de evitar el juicio por delito de falsedad electoral en las elecciones autonómicas de 2011, que se ha investigado en una de las piezas del caso Púnica relativa a la presunta financiación ilegal del partido en Madrid.
En un auto, la Sección Cuarta rechaza el recurso presentado por Gutiérrez contra el auto del juez Manuel García-Castellón en el que daba por concluida la instrucción y proponía sentarle en el banquillo. Los magistrados destacan que la impugnación no discutía el contenido material del auto de pase a procedimiento abreviado ni la suficiencia de indicios recabados contra él, sino que se limitaba a plantear la prescripción de los hechos, circunstancia que deberá ser resuelta por el tribunal sentenciador ante el que puede volver a ser planteada.
Prescribe a los cinco años
La Sala analiza el plazo de prescripción del delito que se le imputa, que fija en cinco años. Señala que en el caso concreto en cuestión el delito electoral asociado a las elecciones autonómicas de 2011, por el que se ha investigado a Gutiérrez, prescribiría el 24 de septiembre de 2016. Beltrán fue citado a declarar antes, porque a través de una providencia se le citaba como investigado el 11 de febrero de 2016.
La resolución precisa que en ella se le informaba de que el motivo de su citación sería prestar declaración sobre hechos concernientes a la financiación de la campaña electoral, lo que interrumpió el cómputo de prescripción de su posible responsabilidad criminal, aunque no llegara a declarar en relación con estos hechos en el Juzgado Central de Instrucción número 6 hasta el 13 de marzo de 2017.
La resolución añade que, además, en 2016 había sido citado como investigado por un delito de blanqueo de capitales. La Sala considera que esta discrepancia a la hora de aplicar el instituto de la prescripción deberá plantearse ante el órgano enjuiciador.
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