El Tribunal Supremo ha condenado a Bankia a devolver 120.000 euros a un matrimonio que adquirió participaciones preferentes de la extinta Bancaja entre 1999 y 2000 al considerar que la entidad vulneró el deber de información al cliente de estos productos de inversión.

La sala de lo social del Alto Tribunal ratifica así la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 5 de Valencia a favor de los inversores, que suscribieron tales participaciones aconsejados por los gestores de la oficina de Bancaja a la que pertenecían desde hacía años.

En concreto, se trata de dos inversiones efectuadas en marzo de 1999 y mayo de 2000; a ellas se sumó una tercera en obligaciones subordinadas en el 2009. H