La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres es un principio jurídico, ético y político universal reconocido en casi todos los países; dentro del ámbito europeo, en todos. Desde las constituciones nacionales a las declaraciones de derechos de la ONU, todos los textos recogen esta igualdad jurídica, y establecen la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones y eliminar los obstáculos para que la igualdad entre las personas sea real y efectiva. Pero esto no siempre es así.

El papel que tradicionalmente han desempeñado hombres y mujeres en nuestra sociedad viene experimentando una importante transformación. La incorporación de la mujer al mercado laboral, el acceso a la universidad y una mayor presencia en el mundo político y cultural, están generando unos cambios sociales favorables para el avance de nuestra sociedad hacia la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Aun así, va aumentando el consenso social sobre la aceptación del derecho de las mujeres a la igualdad en todos los ámbitos. En este sentido podemos decir que se ha avanzado, pero no lo suficiente.

Para impulsar todos estos cambios necesarios, la Ley de Igualdad de Oportunidades del 2007, recoge la puesta en marcha de los planes de igualdad como herramienta de reflexión y trabajo para incorporar medidas que corrijan las desigualdades entre mujeres y hombres en las empresas y organismos públicos.

La ley, en su artículo 46, define los planes de igualdad como «…un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en las empresas y organismos públicos, la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo».

*Secretaría Área de Políticas Sociales y LGTBI PSPV-PSOE Castellón