Cuando los Mossos d’Esquadra arrestaron a Fernando Blanco también registraron su domicilio de Organyà (Lleida). Los investigadores encontraron 1.845 euros en efectivo, 32 relojes de gama alta valorados en 50.000 euros, una estilográfica y un poco de marihuana. Se llevaron asimismo un ordenador, tres tabletas electrónicas, tres discos duros, 13 pendrives y también siete tarjetas de memoria.

Tras la detención de Blanco vino poco después la de su mujer, Marga Garau. A los dos el juez los procesó porque sospecha que se enriquecieron gracias a su hija Nadia, de 11 años. Llevaban mucho tiempo --9 años-- paseándola por platós de televisión pidiendo dinero a los espectadores para que les ayudaran a retrasar la muerte que esperaba a su hija, aquejada de una enfermedad incurable. Pero todo el capital acumulado --casi un millón de euros-- gracias a donaciones procedentes de ciudadanos que se apiadaron de Nadia, se lo quedaron los dos adultos. Nunca invirtieron en el tratamiento de su hija.

Este parecía el capítulo final de un engaño monumental basado en la explotación comercial de la desgracia que había atrapado a su hija. Parecía el capítulo final pero no lo era. Hace algunos días otra realidad incluso más cruda que la anterior sobresaltó a los agentes de la Unidad Territorial de Investigación del Pirieno Occidental de la policía catalana.

Al analizar el material informático requisado en la casa de Organyà comenzaron a aparecer fotografías que les alarmó. En estas se veía a la pequeña desnuda y en actitudes «de carácter sexual», según aclaran fuentes cercanas al caso. Los policías informaron enseguida al juez de la Seu d’Urgell (Lleida) que instruye esta causa.

CITACIÓN // Tras observar el contenido de estas imágenes, el magistrado decidió ayer citar sin más dilación a Blanco y a Marga Garau para interrogarlos. Primero quiere hablar con ella. Una hora después, a las 11.00 horas del viernes, quiere ver al padre.

Para el juez el contenido de estas imágenes descubiertas por los Mossos apunta a la comisión de delitos de «elaboración y tenencia de pornografía infantil, así como de exhibicionismo y provocación sexual». El magistrado, en su resolución, aclara que no se trata de una sospecha sino que los archivos de los Mossos supones la «constancia y evidencia de claros indicios objetivados de participación de la persona investigada (el padre) en la comisión de los referidos delitos de provocación sexual y explotación sexual».

Para que penalmente una imagen se considere pornografía infantil es necesario que el menor vulnerado se exhiba de una forma explícita o insinuante.

Ni el juez ni los investigadores dudan de que el responsable de estas imágenes es el propio Blanco. Entre otras cosas porque aparece en ellas. Esto no significa que el padre mantenga un contacto sexual con la menor. Si esto ocurriera, el juez se estaría refiriendo a un delito de abusos. El magistrado sí habla claramente de «explotación sexual».