El juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Vinaròs dejó ayer lunes en libertad al rapero Pablo Hasel tras pasar la noche en el calabozo después de ser detenido el pasado domingo por la Guardia Civil en un control de tráfico en Benicarló. El motivo del arresto es que pesaba sobre él una orden de búsqueda y captura por una citación judicial.

Según informó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV), se trata de una requisitoria de un juzgado de lo Penal de Lleida, «para que Hasel sea sabedor de que tiene un juicio en octubre en esta localidad». Una vista que, por la pena que se solicita, puede celebrarse con o sin su presencia, pero de cuya citación debe ser sabedor a fin de que no pueda alegar indefensión.

La detención del rapero catalán, condenado por enaltecimiento del terrorismo, se produjo el domingo a las 18.30 horas. Precisamente esa tarde, en la capital de la Plana iba a tener lugar un concierto de homenaje al preso del Grapo Paco Cela, coincidiendo con su salida de la cárcel, en el que estaba prevista la actuación del propio Pablo Hasel.

Según fuentes de la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana, el juez le impuso medidas cautelares para garantizar su comparecencia en los juzgados, si bien este extremo no fue confirmado por el TSJCV.

En la cuenta de Twitter, el rapero Hasel denunció que ha pasado «17 horas detenido por la Guardia Civil por una citación judicial para octubre» que le podrían haber dado en su ciudad «en 5 minutos». «Está claro que es para joder y asustar. Además, volviendo de recibir al preso político comunista Paco Cela. Ya en casa, gracias por la solidaridad».

En septiembre, la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional rebajó a 9 meses y un día la condena de dos años y un día de prisión a Hasel por alabar en Twitter a ETA y al Grapo, al no estar ya activas estas organizaciones. Al no superar los dos años, evitaba ir a prisión por esta causa, si bien tiene pendiente otra de dos años de cárcel por el mismo delito.

Al revisar la sentencia que le impuso la sección primera de lo Penal, con un voto particular discrepante de una magistrada que consideró que le amparaba la libertad de expresión, la sala advirtió de que los tuits analizados «no encajan dentro de la libertad de expresión», ya que rezuman «violencia» y una «banalización del terrorismo». Sin embargo, los magistrados que revisaron la sentencia consideraron que concurren ciertas causas que «atenúan la responsabilidad penal» a la luz de la doctrina del Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y por ello acordaron rebajarle la pena.