Dos años más de cárcel. La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha aumentado la condena al vecino de Sot de Ferrer Vicente Alfonso N.G., que fue condenado en abril a seis años de cárcel por la Audiencia Provincial por abusar sexualmente de dos niñas del pueblo, de 10 y 9 años. El alto órgano judicial, ahora, tras revisar el fallo, que fue recurrido por la Fiscalía de Castellón, condena al hombre a dos años más de cárcel y le impone el cumplimiento de ocho años de prisión en total.

Los hechos se remontan al 2013 y 2014, cuando el hijo del ahora condenado mantenía una relación de amistad con las dos menores en cuestión, por lo que estas solían acudir a su casa a jugar por las tardes. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Mediterráneo, era en estos momentos cuando el vecino de Sot de Ferrer aprovechaba para realizar tocamientos a las menores, como se expuso además durante el juicio celebrado el pasado mes de abril en Castellón.

En concreto, respeto de la niña de 10 años, estos se sucedieron en diversas ocasiones. Por ejemplo, detalla el documento, cuando jugaban al escondite y el acusado, con ánimo libidinoso, le hizo tocamientos, pese a la oposición de la menor. Otro día, como se relata en la sentencia, el ahora condenado le dijo a esta menor que la iba a enseñar a conducir y se la puso sobre sus piernas para que manejara el volante, instante en que procedió a tocarla con sus manos por debajo de la ropa.

En otra ocasión, se llevó a esta niña de 10 años a la proximidades de la fuente del pueblo, donde procedió a delinquir de nuevo con su actitud libidinosa.

Por todos estos hechos, la Audiencia de Castellón le impuso la pena de 4 años de cárcel y 4.000 euros de indemnización a esta niña por un delito continuado de abusos sexuales. Al respecto, el fiscal se mostró conforme.

DELITO CONTINUADO // El recurso que ha llevado al Tribunal Supremo a elevar la condena a petición de la Fiscalía es el referente a la menor de 9 años. La Audiencia dio por probado que Vicente Alfonso tocó las piernas y la zona íntima de la niña cuando estaba jugando también a enseñarla a conducir dentro de su coche. En otra ocasión, en casa de este, le dijo a la pequeña que se sentara sobre sus piernas en un instante en el que se quedaron solos. Este le tocó levemente y, al percatarse ella de que le quería meter la mano por debajo de la ropa, se cambió rápidamente de silla.

La Audiencia entendió que se trataba de un delito de abuso sexual, al no apreciar continuidad delictiva. Para el Supremo se trata de abusos continuados y dicta 4 años de cárcel, en vez de dos, y 2.000 euros de multa.