Hermanos: se ha montado un importante revuelo en Torre la Sal (Cabanes) por el inicio por parte del Servicio Provincial de Costas de Castellón (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) de recuperación posesoria de los bienes de dominio público marítimo terrestre y creo que al respecto hay que tener en cuenta varias cosas.

En primer lugar, que las propiedades cuya posesión pretende recuperar no son ya un trozo de playa desde hace muchísimos años, posiblemente más de medio siglo. Y si están ahí es porque la administración lo ha permitido desde hace décadas. En el peor de los casos, como poco, las construcciones y las actividades con licencia, deberían ser indemnizadas.

Otra es que el PGOU de Cabanes fue aprobado en 1983 por la Comisión Territorial de Urbanismo en la cual se hallaba representado el Ministerio competente en Costas en aquella época. Y decidió que ese suelo fuera un núcleo urbano costero con sus calles y sus construcciones. Y de eso pronto se alcanzarán los 40 años.

En derecho se produce una desafectación tácita tanto cuando hay un acto de deslinde respecto de los bienes sobrantes que no quedan incluidos en el dominio público, y en nuestro caso este se produjo en 1993 por Costas del Estado, dejando fuera del dominio público todo el núcleo de Torre la Sal. Pero también esta se produce por la modificación del planeamiento urbanístico cuando deja de prever el uso público de algún terreno, pasando a formar parte de los bienes patrimoniales de la administración, y este caso también podría darse en Torre la Sal por la aprobación del PGOU de 1983.

Otra cosa es de quien es la propiedad de ese suelo patrimonial pasados más de 30 años desde que estos fueron ocupados y construidos por los vecinos. Veremos.

Urbanista