fue primer edil con el partido popular de 1995 a 2003
Rehusan bajar la pena al exalcalde de l’Alcora que abusó de dos niñas
Tomás, condenado a 8 años, entrega al Supremo grabaciones en las que se admiten «fabulaciones»
No habrá revisión de su condena. El exalcalde de l’Alcora Francisco Javier Tomás Puchol, sentenciado en el 2018 por la Audiencia Provincial de Castellón por abusos sexuales a dos hermanas de nueve y diez años, como publicara entonces en exclusiva Mediterráneo, no verá rebajada su pena de prisión después de que el Tribunal Supremo haya denegado el recurso extraordinario de revisión. Así lo establece el alto tribunal en un auto al que ha tenido acceso este periódico.
El expolítico justificó su recurso de revisión aportando tres grabaciones de audio, que datan del 2017. En ellas, según manifiesta la defensa, se escucha como tanto la madre de las menores, como el abuelo piden dinero a cambio de retirar la denuncia y «se reconoce también que el procedimiento fue orquestrado por la madre de las niñas para obtener un beneficio económico». Con la solicitud de revisión también se aportó un documento firmado por el condenado, así como por los dos familiares de las víctimas anteriormente citados, en el que estos últimos reconocen qye los hechos son «fabulaciones de las menores», percibiendo a cambio de dicha manifestación 20.000 euros.
Sin embargo, pese a las pretensiones de la defensa, el Supremo recuerda que, después de la última modificación legal «el precepto no exige expresamente que se trate de nuevos elementos de prueba». Y es que el Supremo no ve oportuno reabrir constantemente el problema probatorio y señala que los documentos presentados «no tienen la mínima aptitud para constituir un nuevo medio probatorio». Por todo ello, el alto tribunal de Madrid acuerda no haber lugar a autorizar la revisión y, contra esta resolución, ya no cabe recurso de ningún tipo.
Recurre, sin éxito, todos los fallos
El expolítico popular, de 60 años, ha recurrido todos los fallos --ya lo consideraron culpable tanto la Audiencia Provincial, como el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), como el Supremo--. Además de la pena de cárcel impuesta, deberá cumplir cinco años de libertad vigilada y abonar a las víctimas una indemnización de 16.000 euros.
La Audiencia consideró probado que, durante 2016, el exmunícipe desnudó a una de las pequeñas en su despacho profesional de Castellón, le practicó tocamientos y se rozó con ella, aprovechando que tenía acceso a la menor por la relación de amistad que le unía a su madre y su abuelo. A la otra hermana le hizo tocamientos, metiéndole las manos por el pantalón varias veces y diciéndole que no contara nada a nadie.
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