El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha fallado a favor de un recurso presentado por la empresa Vodafone contra la ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de Benicàssim, que grava la actividad que ejercen en la localidad las empresas de telefonía móvil y que el Alto Tribunal anula.

Aun así, se explica que lo hace en relación con el cálculo de la tarifa, mientras que desestima otros razonamientos esgrimidos por la operadora. El TSJCV señala que “es imposición legal que los ayuntamientos cuantifiquen la tasa a la vista de las instalaciones aprovechadas por las firmas”.