El Juzgado de lo Contencioso–administrativo número 1 de Castelló ha dado la razón al STEPV en un recurso interpuesto contra la Conselleria de Educación y el Instituto Nacional de la Seguridad Social. La sentencia reconoce el derecho de una madre de familia monoparental a disfrutar de los permisos de maternidad y paternidad.

Ley de igualdad

El recurso de STEPV pedía la aplicación progresiva del permiso a un progenitor diferente de la madre biológica en el caso de los empleados públicos, según el previsto en el Real decreto ley 6/2019 de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres en la ocupación. Un recurso que recogía una doctrina establecida por otros tribunales en diferentes comunidades autónomas para evitar la discriminación de las familias monoparentales respecto a las biparentales.

Conselleria desestimó el recurso

El STEPV razonaba que la demandante presentó una solicitud de permiso de progenitor diferente a la madre biológica el 3 de septiembre de 2021. La sentencia aprecio el recurso contencioso-administrativo llevado a cabo por STEPV contra la resolución de 22 de octubre de 2021 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que desestimaba el recurso de alzada anterior.

La justicia reconoce como situación jurídica individualizada el derecho de la demandante a disfrutar de un permiso de progenitor, diferente del de la madre biológica , de 16 semanas de duración . Con este caso, STEPV demuestra que esta sentencia avala la petición reiteradamente defendida por el sindicato y que la Conselleria tiene que reconocer este permiso como un derecho que garantiza la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y la cura de los hijos después del nacimiento.