Los electores que se vean obligados a votar por correo ya pueden solicitarlo a la delegación de la oficina del censo electoral. Desde el pasado 1 de abril está abierto el plazo, que se cerrará el 15 de mayo.

Dicha solicitud se formulará en cualquier oficina de correos, toda vez que disponen de los oportunos impresos. Los ciudadanos tendrán que realizar la petición personalmente, presentando el DNI, pasaporte o permiso de conducir.

Las delegaciones del censo remitirán posteriormente el certificado y la documentación electoral por correr certificado y urgente al domicilio del solicitante.