Ocho meses después de que los casi 300 vecinos del PAI Marqués de Santa Cruz de Nules recibieran una notificación en la que les informaban de la posibilidad de que esta urbanización, ejecutada hace una década, fuera declarada nula por errores en el procedimiento reconocidos en sede judicial, el Ayuntamiento, en respuesta a una sentencia que obligaba a su revisión para valorar esa posibilidad, ha resuelto «improcedente la acción de nulidad y la revisión de oficio» de la reparcelación motivo del litigio.

CONSULTA LEGAL / El consistorio ha tomado esta decisión en base a las conclusiones de la consulta planteada el pasado mes de enero al Consell Jurídic Consultiu, que en su resolución 205/2019 argumenta, entre otras cuestiones, que este tipo de situaciones son «contrarias a la equidad, la buena fe y/o el derecho de los particulares por el tiempo transcurrido».

Y es que el PAI en cuestión está «colmatado por la edificación», como aseguran los informes municipales y se puede comprobar con solo pasear por este barrio residencial, donde no queda ninguna parcela por construir.

La discrepancia que ha motivado este amplio expediente se remonta casi 20 años atrás en el tiempo, cuando se iniciaron los trámites de desarrollo del PAI. Dos propietarios mostraron su disconformidad con la reparcelación y la distribución de las cuotas de urbanización y, para defender los que consideraban sus derechos legítimos, se embarcaron en un proceso administrativo y judicial que acabó con la estimación parcial de sus demandas por parte de un magistrado, que emplazó al Ayuntamiento a «iniciar y concluir el trámite, dictando la pertinente resolución expresa en orden a si existe la nulidad o anulabilidad» del programa.

Queda por dirimir si la «estimación parcial» de las exigencias de los afectados acabará en el pago de una indemnización por parte del consistorio nulense.