La Fiscalía denuncia a la alcaldesa de Onda, Carmina Ballester (PP), ante un juzgado de Nules por un supuesto delito de prevaricación, al contratar a enfermeras escolares como funcionarias interinas, a pesar de que había un informe jurídico en contra, tal como recriminan desde el PSOE local. Una acusación que fuentes del equipo de gobierno rechazan de forma rotunda y niegan la comisión de delito alguno.

El origen de los hechos se remonta a la particular guerra política que mantiene desde inicio de curso el Ayuntamiento con la Conselleria de Educación, después de que la Generalitat expulsara de los centros educativos a estas profesionales sanitarias en el mes de septiembre.

A raíz de esa decisión, los socialistas reprochan que el equipo de gobierno (PP) decidió incorporar por su cuenta a las enfermeras para contar con esta atención, aunque al hacerlo incurriría en duplicidades, ya que las competencias en esta cuestión recaen en Conselleria y no en el Ayuntamiento, según remarcaba un informe jurídico. «La alcaldesa sabía que estaba mal y que podría ser ilegal, pero lo hizo igualmente. Tiene que dar la cara y explicar qué ha pasado», pide el portavoz del PSOE de Onda, Ximo Huguet.

Réplica del PP

Desde el PP alegan que el Tribunal de Cuentas no vio nada punible en su momento. Tal como pone de relieve el documento firmado por este órgano, al que ha tenido acceso Mediterráneo, la Fiscalía pone de manifiesto que «no han contratado a una enfermera para que realice la labor asistencial, que sí es competencia de la comunidad autónoma, sino para labores educativas de promoción y planteamiento sanitario».

El Tribunal de Cuentas señala que, en todo caso, «se trataría de una irregularidad de carácter procedimental» al haberse aprobado una contratación por un decreto municipal cuando correspondía a la administración autonómica. Un decreto que el propio órgano recuerda que no fue impugnado en la vía contencioso administrativa.

«No se cuestiona la efectiva realización de los trabajos y servicios abonados por el Ayuntamiento, por lo que no se puede apreciar un menoscabo en fondos públicos», concluye el informe del tribunal.