El Tribunal Supremo ha reducido a 30 los años de cárcel que como máximo deberá cumplir el exjefe militar de ETA Javier García Gaztelu, alias Txapote, a quien la Audiencia Nacional condenó el pasado septiembre a 40 años de cárcel. El Supremo, cuya decisión tiene el apoyo de la fiscalía, da así la razón a Txapote, que impugnó la sentencia por considerar que la Audiencia no aplicó debidamente el límite máximo de condena previsto por la ley puesto que los delitos por los que fue juzgado y condenado se produjeron antes de la reforma del Código Penal del 2003, que elevó el tiempo máximo en prisión para los terroristas. En una sentencia notificada este viernes, el Supremo explica que la ampliación de 30 a 40 años como límite máximo de cumplimiento efectivo de prisión para terroristas fue establecida mediante la Ley Orgánica 7/2003, pero que para los delitos anteriores a esa reforma legal sigue siendo de aplicación el límite anterior de 30 años. Es por ello que pide a la Audiencia que redacte una nueva condena con el límite de 30. La Audiencia Nacional acumuló las diez condenas que pesaban sobre Txapote, dictadas todas ellas por sumarios incoados entre 1995 y 2002 y estableció el límite de cumplimiento en 40 años de cárcel, lo que motivó el recurso del preso etarra. El Supremo dice que aunque la Audiencia no detalló en su resolución la fecha de comisión de los delitos, sí reflejó la de incoación de los sumarios "y resulta de ellos que se trata de sumarios incoados entre 1995 los más antiguos y 2002 el más reciente". "Siendo una obviedad que los hechos necesariamente eran anteriores a la fecha de incoación de los sumarios, resulta también evidente que todos ellos sucedieron cuando no había entrado en vigor la reforma de la Ley Orgánica 7/2003", insiste el tribunal. Txapote ha sido condenado, entre otros hechos, por los asesinatos de los concejales del PP en el País Vasco Miguel Ángel Blanco, Gregorio Ordóñez y José Ignacio Iruretagoyena y por el del dirigente socialista Fernando Buesa.