En busca de delito fiscal o blanqueo
Debe verse si hubo delito tras la abdicación y no está prescrito
El jefe del Estado es inviolable, pero al renunciar a la Corona en el 2014 también lo hizo a esa prerrogativa. Lo que mantuvo fue el fuero ante el Tribunal Supremo, como tienen por ejemplo los miembros del Gobierno. Por eso es el único tribunal que puede investigarle y, en su caso, juzgarle. Esa es la explicación que dio la Fiscalía General del Estado cuando informó de que Anticorrupción remitía a sus compañeros del alto tribunal las diligencias que había abierto en relación al presunto pago de comisiones por empresas españolas para resultar adjudicatarias de la construcción del AVE en Arabia Saudí.
El destino judicial de Juan Carlos está en manos de momento de un equipo de cinco fiscales del alto tribunal, que, bajo la dirección de Juan Ignacio Campos, especializado en delitos económicos, están estudiando la documentación remitida por Suiza para determinar si hay indicios de que el rey emérito pudo haber cometido algún delito con posterioridad a su abdicación, que es a partir de cuando puede responder penalmente de sus actos. De ser delito, los hechos investigados serían fiscales o de blanqueo de capitales. Una vez alcanzada esa conclusión deberán determinar si esos delitos siguen siendo perseguibles o han prescrito. En caso de que consideren que el delito se cometió cuando ya no era inviolable y todavía es perse guible penalmente, prepararán e interpondrán una querella contra el rey emérito ante el alto tribunal para que sea citado a declarar. H
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