Es bueno no dejar pasar la ocasión de cotizar a colegios de huérfanos o entidades similares, o de satisfacer cuotas a sindicatos y a colegios profesionales con carácter obligatorio. Estos gastos, y otros como los de defensa jurídica, son deducibles, junto a los rendimientos del trabajo percibidos por actividades en el extranjero, con un máximo de 60.100 euros anuales.