El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Castellón, tras ocho años de litigios, ha desestimado en primera instancia la demanda de responsabilidad patrimonial de 4.670.044,74 euros que reclamaba al Ayuntamiento de Almenara el agente urbanizador del Sector Playa de la localidad tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo del 2010 que anulaba el PAI de la citada área aún por finalizar.

Al conocerse esta decisión, el consistorio podrá llevar adelante el plan parcial que aprobó de manera provisional, el cual espera ratificar antes de finales de año, para resolver el desarrollo urbanístico y dejarlo cerrado, administrativamente y jurídicamente.

La Administración local recibió la resolución como una «buena noticia». La alcaldesa, Estíbaliz Pérez, apuntó que «demuestra que estábamos en lo cierto y en defensa de los intereses de todo el pueblo de Almenara, tras denegar la reclamación patrimonial con un acuerdo plenario, por ese motivo se ha evitado que todos los vecinos tuviésemos que pagar los más de 4,6 millones de euros que reclamaban».

La sentencia concluye que «la mercantil no es ajena al procedimiento urbanizador, sino que fue la propia demandante en su condición de agente urbanizador, por haberse subrogado en dicha condición y con las obligaciones que de la misma dimanan, la que incurrió en negligencia».