Un mínimo de dos años y un máximo de cuatro. Esa es la sanción a la que se expone el jugador del BM Vinaròs Eddy Córdoba, que el pasado domingo agredió al colegiado Daniel Orts en el transcurso del encuentro entre su equipo y el Benetússer de la fase de ascenso a Segunda División Nacional. Y es que la acción producida está tipificada como muy grave dentro del reglamento de régimen disciplinario de la Real Federación Española de Balonmano (RFEBM).

La duración de la posible sanción figura en el artículo 32, que reza, “se considerarán infracciones muy graves, que serán sancionadas con inhabilitación oficial temporal de dos (2) a cuatro (4) años”, para a continuación enumerar seis puntos, afectando a los jugadores el A, en el que se indica: “La agresión de un jugador/a a los componentes del equipo arbitral, oficiales, dirigentes deportivos, miembros del equipo contrario o a los espectadores, originando su acción lesión o daño especialmente grave”.

Con todo ello y con el revuelo que ha tenido la agresión en las últimas horas y teniendo en cuenta también el comunicado emitido el domingo por la RFEBM, en la que insta “al Comité de Competición de la Comunidad Valenciana para que actúe contra el agresor con toda la contundencia exigible dada la gravedad de la acción...”, condenando también el comportamiento del entrenador del equipo, “el cual intentó justificar la acción del jugador”, recoge el comunicado.

Competición se reúne mañana --a la espera de alegaciones--, pero habrá que ver si la agresión pasa a la vía judicial, puesto que el colegiado ha denunciado la acción y si toma este camino habrá que esperar a la decisión del juez. H