El PSOE transmitió a ERC durante las negociaciones de la investidura su intención de suavizar el delito de sedición, una reforma del Código Penal que beneficiaría al líder republicano, Oriol Junqueras, y al resto de condenados por Tribunal Supremo en la sentencia del procés. El planteamiento se hizo con discreción y sin mayores especificaciones. No se negoció con ello, pero indudablemente remó a favor del entendimiento, indican a este diario fuentes conocedoras de las conversaciones. Ahora, ese proyecto sale a la luz. El Gobierno quiere llevar la modificación legislativa al Congreso, donde necesitará mayoría absoluta (176 votos a favor), un consenso que bien puede lograr con los apoyos de los partidos independentistas, sin necesidad de llamar a la puerta de un PP que parece instalado en el bloqueo. De aprobarse el cambio, mejoraría claramente las perspectivas de excarcelación de los líderes del 1-O, puesto que se aplicaría de forma retroactiva al implicar una mejora de sus penas de prisión.

LA POSICIÓN DE PODEMOS / El equipo de Pedro Sánchez viene estudiando esta posibilidad desde antes de la investidura, pero la discreción impuesta en las conversaciones con ERC han mantenido la propuesta en secreto hasta ahora. El presidente anunció la medida en la entrevista del lunes en TVE y, ayer, la portavoz gubernamental y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, confirmó que la intención es llevar al Congreso la reforma del Código Penal. Como esta propuesta no está incluida en el acuerdo con Podemos, deberán consensuarlo con los socios. Si llegan a un entendimiento con los morados, se presentará como un proyecto de ley del Gobierno en el Parlamento. Si no lo hay, el PSOE lo tramitará como proposición de ley. Los comuns, socios de Pablo Iglesias en Cataluña, ya pidieron el pasado abril la modificación del delito de sedición, lo que en principio augura que habrá sintonía.

NUEVAS REALIDADES / En todo caso, la tramitación es lenta. Primero hay que redactar el proyecto, presentarlo en la Cámara baja, someterlo a enmiendas y, finalmente, ser aprobado por el pleno en una votación que requiere de mayoría absoluta, al ser una ley orgánica.

El Gobierno enmarca el cambio favorable a los líderes del procés en una reforma más general del Código Penal, en la que también pretende revisar otros delitos como que el consentimiento sea obligatorio en relaciones sexuales, y tipificar agresiones medioambientales para que no queden impunes. Los socialistas quieren trabajar desde una actitud «posibilista» y «mentalidad abierta» para lograr el consenso que permita «adaptar» la legislación a las «nuevas realidades». «Hemos sido conscientes de que el Código Penal está desacompasado con la realidad», indican fuentes gubernamentales.

EL CONTEXTO POLÍTICO / El anuncio llega en un contexto a tener en cuenta: a las puertas del encuentro entre el presidente y Quim Torra (a principios de febrero), con la necesidad de conquistar apoyos parlamentarios para los Presupuestos Generales del Estado y con la nube de las elecciones catalanas en el horizonte.

En la hoja de ruta de Sánchez no figura dar respuesta a otras peticiones como la amnistía y los indultos. Sin embargo, la reforma del delito de sedición es una posibilidad que ha arraigado en la Moncloa en los últimos dos meses, a pesar de que el Gobierno asegura que no tiene avanzado hasta el detalle esa modificación legislativa. En círculos progresistas se plantea desde hace tiempo esta vía para abandonar la etapa de judicialización y resolver el «conflicto político» catalán. La semana pasada, el Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán), Rafael Ribó, hizo público un informe en el que aboga por este mismo camino como resolución de la crisis.

En el Govern existía una doble estrategia ante la sentencia del procés. Una, la de la movilización y protesta política. Otra, consistente en una reforma del Código Penal, informa Fidel Masreal. Según fuentes de la Generalitat, de esta última vía no solo se beneficiarían los presos, sino también los fugados al extranjero.

El propio Código Penal prevé la aplicación retroactiva de cualquier norma que resulte más beneficiosa para el preso. Su artículo 1 impide castigar «ningún delito con pena que no se halle prevista por ley anterior a su perpetración» y aplicar con efecto retroactivo las leyes que establezcan medidas de seguridad. A continuación se refiere al escenario contrario: «Tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena». «En caso de duda sobre la determinación de la ley más favorable, será oído el reo», añade. El encargado de aplicarlo es el tribunal sentenciador, que en el caso de los líderes del procés es el Supremo.